RESOLUCION Nº 049-2008-INGEMMET/PCD - Constituyen Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INGEMMET
Fecha de disposición | 24 Abril 2008 |
Fecha de publicación | 24 Abril 2008 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 24 de abril de 2008 371203
por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM y la Ley Nº 29091
– Ley que modifi ca el párrafo 38.3 del artículo 38º de la Ley
Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y
establece la publicación de diversos dispositivos legales en
el portal del Estado Peruano y en Portales institucionales;
Con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de
la Unidad de Relaciones Institucionales y la Secretaría
General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Biblioteca
del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET,
el mismo que está conformado por cinco (05) títulos, seis
(06) capítulos, cincuenta y cuatro (54) artículos y dos (02)
Disposiciones Finales.
Artículo 2º.- Encargar al funcionario responsable de la
elaboración y actualización del Portal Institucional, la publicación
del presente Reglamento en la Página Web de INGEMMET
– www.ingemmet.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano.
Artículo 3º.- El Reglamento entrará en vigencia una
vez efectuadas las publicaciones indicadas en el artículo
precedente, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º y 3º
de la Ley Nº 29091.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ
Presidente del Consejo Directivo
INGEMMET
192036-1
Constituyen Comisión Permanente de
Procesos Administrativos Disciplinarios
del INGEMMET
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 049-2008-INGEMMET/PCD
Lima, 17 de abril de 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27815 se aprobó el Código de
Ética de la Función Pública, aprobándose su Reglamento
mediante Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM;
Que, por Resolución de Presidencia Nº 040-2008-
INGEMMET/PCD de fecha 18 de Marzo del 2008 se aprobó
la Directiva Nº 003-2008-INGEMMET/PCD denominada
Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos del
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET;
Que, la Disposición Transitoria contenida en la Directiva
Nº 003-2008-INGEMMET/PCD, establece que por Resolución
de Presidencia debe conformarse la Comisión Permanente
de Procesos Administrativos Disciplinarios por infracciones
al Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos
del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET,
y en general al Código de Ética de la Función Pública y su
Reglamento;
De conformidad con las atribuciones y funciones
establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones
del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET
aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; y,
Contando con el visto bueno de la Secretaría General y
de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE :
Artículo Primero.- Constituir la Comisión Permanente
de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto
Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, con
competencia para conocer de los procedimientos que se
inicien por infracciones a la Ley del Código de Ética de la
Función Pública y su Reglamento así como al Código de
Ética y Conducta de los Servidores Públicos del Instituto
Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET aprobado por
Resolución de Presidencia Nº 040-2008-INGEMMET/PCD.
Artículo Segundo.- La Comisión Permanente queda
conformada de la siguiente manera:
MIEMBROS TITULARES:
• María Angélica Remuzgo Gamarra, quien la presidirá.
• Luis Humberto Chirif Rivera
• Cristóbal Miletich Souza Peixoto
MIEMBROS SUPLENTES:
• Jessica Gabriela Angulo Garcia
• Alfredo Angel Chavez Mendoza
• Lionel Fidel Smoll
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ
Presidente del Consejo Directivo
192038-1
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan realización de la “Encuesta
sobre la Calificación de Trabajadores
y sus Competencias Laborales en las
Empresas Privadas” en las ciudades de
Lima Metropolitana, Ica y Piura
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 113-2008-INEI
Lima, 11 de abril del 2008
Visto el Ofi cio Nº 066-2008-MTPE/4/10.3, de la Ofi cina
de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización
para la ejecución de la “Encuesta sobre la Califi cación
de Trabajadores y sus Competencias Laborales en las
Empresas Privadas”.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley
de Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del
Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones
normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y
técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema
para la producción de las Estadísticas Básicas;
Que, mediante documento del visto, la Ofi cina de
Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, manifi esta que con Ofi cio Nº 841-
2008-MTPE/3/11.2, la Dirección Nacional de Promoción del
Empleo y Formación Profesional, ha comunicado que para
obtener información de los requerimientos de califi cación
de los trabajadores; así como las demandas futuras de las
empresas y las competencias necesarias para desarrollar
su labor en el puesto de trabajo, es necesario ejecutar
la “Encuesta sobre la Califi cación de Trabajadores y sus
Competencias Laborales en las Empresas Privadas” en las
ciudades de Lima Metropolitana, Ica y Piura, dirigida a las
empresas seleccionadas en una muestra representativa del
sector privado en las actividades económicas de: Elaboración
de Productos Alimenticios y Bebidas; Fabricación de
Otros Productos Minerales no Metálicos; Fabricación de
Metales Comunes y Fabricación de Muebles e Industrias
Manufactureras no Clasifi cadas en Otra Parte;
Que, en concordancia con lo establecido en la Cuarta
Disposición Transitoria de la Ley del Poder Ejecutivo Nº
29158, la ejecución de la Encuesta en Lima Metropolitana
estará a cargo de la Dirección Nacional de Promoción del
Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo y en las ciudades de Ica y Piura,
estará a cargo de las Direcciones Regionales de Trabajo y
Promoción del Empleo a través de sus Observatorios Socio
Económicos Laborales;
Que, es necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta
sobre la Califi cación de Trabajadores y sus Competencias
Laborales en las Empresas Privadas”, así como aprobar el
formulario respectivo y fi jar el plazo máximo de entrega de
la información;
Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de
Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de
Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y
83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento
de Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Estadística e Informática; y
Descargado desde www.elperuano.com.pe
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