Modifican la R.S. Nº 173-2006-DE/EP referida a la permanencia de cadete del Ejército en el Colegio Militar de la Nación Argentina

Fecha de publicación11 Julio 2006
Fecha de disposición11 Julio 2006
NORMAS LEGALES
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323420 El Peruano
martes 11 de julio de 2006
Técnico de la 3ra. Brigada de Caballería del Ejército del
Perú, que participará en la XXIV Reunión Regional Bilateral
de Inteligencia, en el período comprendido del 20 al 22 de
julio de 2006, en la ciudad de Arica - República de Chile.
1. Gral Brig VARGAS CAVERO Raúl Francisco
2. Crl Cab QUELOPANA BOHORQUEZ Eduardo Antonio
3. Tte Crl Cab BETALLALUZ CARRASCAL Rafael Luis
4. My Cab CATACORA GUTIERREZ Víctor Alfonso
5. Tco 2 EP MENDIZABAL GALLEGOS Edwin
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo
a los conceptos siguientes:
1. OFICIAL GENERAL
Pasajes Terrestres:
Tacna - Arica - Tacna (ida y vuelta)
US$ 29.60 x 1 persona
Viáticos:
US$ 200.00 x 3 días x 1 persona
2. OFICIALES SUPERIORES
Pasajes Terrestres:
Tacna - Arica - Tacna (ida y vuelta)
US$ 29,60 x 3 personas
Viáticos:
US$ 200.00 x 3 días x 3 personas
3. TÉCNICO
Pasajes Terrestres:
Tacna - Arica - Tacna (ida y vuelta)
US$ 29.60 x 1 persona
Viáticos:
US$ 200.00 x 3 días x 1 persona
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la Comisión,
sin exceder el período total establecido.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
12084
Modifican la R.S. 173-2006-DE/EP
referida a la permanencia de cadete
del Ejército en el Colegio Militar de la
Nación Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 311-2006/DE/EP
Lima, 7 de julio de 2006
Visto, la Hoja Informativa Nº 179-2006/DP/SDAPE/
INF-6, de junio 2006, de la Dirección de Personal del
Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 1016 DE/
EP/CP-JAPE 1-1/. del 27 de diciembre 2001, se nombro
en Misión de Estudios al CAD I AÑO EP Luis Daniel CARPIO
EULOGIO, para realizar estudios de Formación de
Oficiales en el Colegio Militar de la Nación Argentina, en el
período del 2 de enero 2002 al 31 de diciembre 2005;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 550 -2006 /
DP/EP/A-1 a/ 1- del 23 de diciembre 2005, se aprueba la
ampliación de la permanencia en el Colegio Militar de la
Nación Argentina al Cadete IV Año EP Luis Daniel
CARPIO EULOGIO, del 1 de enero al 30 de junio 2006;
Que, con la Resolución de la Comandancia General del
Ejército Nº 580 EP/A.1.a1.8 del 23 de diciembre 2005 el
Cad V Luis Daniel CARPIO EULOGIO, es dado de Alta
como Oficial del Ejército del Perú, con fecha 1 de enero
2006.
Que, con la Resolución Suprema Nº 173 - 2006 DE/
EP del 15 de mayo de 2006, se modifica los Artículos 1º
y 2º de la Resolución Suprema Nº 550 -2006 /DP/EP/A-
1 a/ 1- del 23 de diciembre 2005;
Con Fax Nº 40470 6ª/03.13 del 3 de abril 2006, la DINTE,
comunica que el día 14 de abril 2006 viaja a la ciudad de
Lima el Stte Inf Luis Daniel CARPIO EULOGIO, al termino
de sus estudios en la República Argentina, por lo que es
procedente modificar el Artículo 2º de la R.S. Nº 173 - 2006
DE/EP del 15 de mayo 2006, correspondiente al pago de
Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el
Extranjero;
Que, los pagos correspondientes al período
comprendido del 1 de enero al 14 de abril 2006, se efectuarán
con cargo al Presupuesto del Año Fiscal 2006 y de
conformidad con la Ley Nº 27619 - "Ley que regula la
autorización de viajes al exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos", Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28652 "Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006", Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM del 5 de junio 2002, Decreto Supremo
Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero 2004, modificado con
Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio 2004;
y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 -
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2º de la R.S.
Nº 173 - 2006 DE/EP del 15 de mayo 2006, el mismo que
quedara redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo
a los conceptos vigentes:
Compensación Extraordinaria Mensual por
Servicio en el Extranjero
US$ 2,400 x 3 meses (Ene, Feb y Mar).
US$ 2,400.00/30 x 14 días del mes de abril 2006.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
12085
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 301-2006-DE/SG
Mediante Oficio Nº 248-2006-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 301-2006-DE/SG,
publicada en nuestra edición del 8 de julio de 2006.

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