Autorizan a procuradora iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de perjuicio económico en agravio de la Unidad Operativa Pucallpa del PRONAA

Fecha de publicación12 Mayo 2000
Fecha de disposición12 Mayo 2000
Pág. 186525
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 12 de mayo de 2000
Autorizan a procuradora iniciar proce-
so judicial contra ex funcionarios de la
Sociedad de Beneficencia de Lima Me-
tropolitana por presunta responsabili-
dad civil
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 119-2000-PROMUDEH
Lima, 11 de mayo de 2000
Vistos el Oficio Nº 668-00-PROMUDEH/PP de fecha 11
de abril del 2000, de la Procuraduría Pública a cargo de los
Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano - PROMUDEH;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones
contenidas en el Informe Nº 109-99-CG/AA3 "Examen Es-
pecial a la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana
(Julio 1994 - Diciembre 1996)" de la Contraloría General de
la República, se ha determinado la presunta existencia de
responsabilidad civil respecto de ex funcionarios de la
Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, al haber
causado perjuicio económico a la institución en el ejercicio
de sus funciones;
Que de los hechos descritos en la acción de control
referida, se evidencian indicios razonables de responsa-
bilidad civil por parte del ex Presidente del Directorio de la
Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, al haber
otorgado una asignación a funcionarios de la Beneficencia
y del Hogar de Maternidad y Pediatría "Rosalía de Lavalle
de Morales Macedo" por concepto de movilidad y raciona-
miento ascendente a un monto total de S/. 160,440.00 con
cargo a los ingresos propios del referido hospital, responsa-
bilidad extensiva a dos ex Gerentes Generales y los ex Jefes
de las Oficinas de Administración de Finanzas, de Audito-
ría Interna, Asesoría Jurídica así como de Planificación y
Presupuesto de la Beneficencia, al haber opinado favorable-
mente visando las Resoluciones de Presidencia emitidas
para el efecto;
Que asimismo existiría responsabilidad civil en la ex
Gerenta de Ingeniería y Obras de la Beneficencia, por la
construcción de cuarteles de nichos y otras obras comple-
mentarias efectuadas en el Cementerio "El Angel" con
metrados menores o exceso de metraje a lo presupuestado,
causando perjuicio económico a la institución ascendente a
la cantidad total de S/. 119,137.54, siendo responsable
solidariamente con los ex Inspectores de Obras así como con
los ex Miembros de las Comisiones de Recepción de las
citadas obras;
Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º
de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobado por
Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de
control emitidos por cualquier órgano del Sistema están
considerados como prueba preconstituida para el inicio de
acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procu-
radora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-
terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano,
para que interponga las acciones judiciales que correspon-
dan;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la
Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado
por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por
Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en represen-
tación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse
las acciones judiciales contra los presuntos responsables
establecidos en el Informe Nº 109-99-CG/AA3, por los fun-
damentos expuestos en la parte considerativa de la presen-
te Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu-
radora Pública para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUISA MARIA CUCULIZA TORRE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
5275
Autorizan a procuradora iniciar proce-
so judicial contra presuntos responsa-
bles de perjuicio económico en agra-
vio de la Unidad Operativa Pucallpa
del PRONAA
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 121-2000-PROMUDEH
Lima, 11 de mayo de 2000
Vistos el Oficio Nº 713-00-PROMUDEH/PP, de fecha 18
de abril del 2000, de la Procuraduría Pública del Ministerio
de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones
contenidas en el Informe Nº 106-99-CG/AA1, "Examen
Especial a la Unidad Operativa - Pucallpa del Programa
Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA", de la
Contraloría General de la República, se ha determinado la
existencia de presunta responsabilidad civil por parte del
ex Jefe de la mencionada Unidad Operativa al haber
causado perjuicio económico a la institución en el ejercicio
de sus funciones durante el período comprendido entre
junio de 1992 a diciembre de 1995;
Que de los hechos descritos en la acción de control
referida, se evidencian indicios razonables de presunta
responsabilidad civil por parte del ex Jefe de la Unidad
Operativa - Pucallpa del PRONAA al haber aprobado la
embarcación de productos alimenticios entre los meses de
junio y agosto de 1993 para ser entregados a la Dirección
Regional de Educación de Loreto sin tomar las precauciones
necesarias para una correcta recepción de productos
alimenticios ni sobre las condiciones de traslado y distribu-
ción de los mismos, permitiendo que 10.37 TM de galletas
de agua y 17.5 TM de producto enriquecido lácteo fueran
declarados no aptos para el consumo humano, ocasionando
un perjuicio económico a la Institución ascendente a la
suma de S/. 77,816.00 (Setentisiete Mil Ochocientos Dieci-
séis y 00/100 Nuevos Soles);
Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º
de la Ley de Sistema Nacional de Control, aprobado por
Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de
control emitidos por cualquier órgano del Sistema están
considerados como prueba preconstituida para el inicio de
acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procura-
dora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis-
terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano -
PROMUDEH, a iniciar las acciones judiciales que corres-
pondan;
De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución
Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación
y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley
Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organiza-
ción y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y
del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legisla-
tivo Nº 893 y Ley Nº 27050;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a
cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en represen-
tación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse
las acciones judiciales contra los presuntos responsables
establecidos en el Informe Nº 106-99-CG/AA1 y contra
aquellos que resulten responsables, por los fundamentos
expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-
ción.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu-
radora Pública para los fines consiguientes.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR