DECRETO SUPREMO N° 034-2009-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para mantenimiento periódico y conservación de 3 861 km. de carreteras de la red vial

Fecha de disposición13 Febrero 2009
Fecha de publicación13 Febrero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 13 de febrero de 2009 390741
de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente
norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco
(5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo
legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los
cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en
el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
Nacional del Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades
de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto del Pliego involucrado
instruirá a la Unidad Ejecutora para que elaboren las
correspondientes “Notas para Modif‌i cación Presupuestaria”
que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en
la presente norma.
Artículo 3°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce
días del mes de febrero del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
312749-5
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
a favor del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones para mantenimiento
periódico y conservación de 3 861 km.
de carreteras de la red vial
DECRETO SUPREMO
Nº 034-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4° de la Ley Nº 27791 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones establece que el referido Ministerio
planif‌i ca, promueve y administra la provisión y prestación
de servicios públicos vinculados a la infraestructura vial;
Que, las acciones de mantenimiento y conservación
de carreteras que desarrolla el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, evitan la pérdida de la inversión
realizada en infraestructura vial, disminuyen los costos
del transporte, facilitan la vialidad y mejoran la seguridad
de la red vial;
Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
solicita recursos adicionales a su presupuesto institucional
aprobado por la Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2009, para atender las
acciones de conservación y mantenimiento de carreteras;
Que, las acciones de conservación y mantenimiento
de carreteras ayudarán a fomentar el empleo y preservar
la inversión en infraestructura vial, mejorando el nivel
de vida de la población y generando oportunidades
productivas especialmente en zonas con indicadores
adversos de pobreza;
Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de
Economía y Finanzas cuenta con recursos que permiten
f‌i nanciar, en parte, el f‌i nanciamiento de las acciones
de conservación y mantenimiento de carreteras, por
lo que es necesario autorizar una Transferencia de
Partidas por la suma de TRESCIENTOS MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300 000 000,00) en favor
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que
comprende el mantenimiento periódico y conservación de
aproximadamente 3 861 km. de carreteras de la red vial;
De conformidad con lo establecido por el Artículo 45°
de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Transferencia de Partidas
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009,
a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
para atender el mantenimiento y conservación de
carreteras detalladas en la “Relación de carreteras
para mantenimiento y conservación” que forma parte
del presente Decreto Supremo, hasta por la suma de
TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 300 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA:
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y
Reserva de Contingencia
PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector
Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORÍA DEL GASTO
GASTOS CORRIENTES
0. Reserva de Contingencia 300 000 000,00
============
TOTAL 300 000 000,00
============
A LA:
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y
Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 007 : Provías Nacional
FUNCIÓN 15 : Transporte
PROGRAMA FUNCIONAL 033 : Transporte Terrestre
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0064 : Vías Nacionales
ACTIVIDAD 000111 : Conservación de Carreteras
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORÍA DEL GASTO
GASTOS CORRIENTES
3. Bienes y Servicios 300 000 000,00
============
TOTAL 300 000 000,00
============
Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de Pliego aprueban mediante
Resolución la desagregación de los recursos habilitados,
dentro de los cinco (5) días de la vigencia del presente
dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro
de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos
señalados en el Artículo 23° numeral 23.2 de la Ley
Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de
Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto
Público las codif‌i caciones que se requieran como
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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