RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 148-2013-CE-PJ - Disponen el traslado de carga procesal en materia del Código de Procedimientos Penales del Juzgado Mixto de la Provincia de San Ignacio, en trámite, reserva y ejecución, hacia el Juzgado de la Investigación Preparatoria de la citada provincia, Distrito Judicial de Lambayeque

Fecha de publicación11 Septiembre 2013
Fecha de disposición11 Septiembre 2013
El Peruano
Miércoles 11 de setiembre de 2013 502639
Tercero. Que, al respecto, del Memorándum N° 005-
2013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal
y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder
Judicial, así como de la fotocopia del documento
nacional de identidad y partida de nacimiento
anexos, aparece que el mencionado juez nació el
12 de setiembre de 1943. Por consiguiente, el 12 de
setiembre del año en curso cumplirá setenta años de
edad; correspondiendo disponer su cese por límite de
edad, de conformidad con lo previsto en la precitada
normatividad.
En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas
mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ,
de fecha 16 de marzo de 2011.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a
partir del día 12 de setiembre del año en curso, al
doctor Leoncio Acevedo Vega en el cargo de Juez
Especializado Titular Penal de Chincha, Corte Superior
de Justicia de Ica, quien viene desempeñándose como
Juez Superior Provisional del mencionado Distrito
Judicial; dándosele las gracias por los servicios
prestados a la Nación.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente
resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Consejo Nacional de la Magistratura, Of‌i cina de Control
de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la
Corte Superior de Justicia de Ica, Gerencia General del
Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y
f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
986293-7
Disponen el traslado de carga procesal
en materia del Código de Procedimientos
Penales del Juzgado Mixto de la
Provincia de San Ignacio, en trámite,
reserva y ejecución, hacia el Juzgado
de la Investigación Preparatoria de la
citada provincia, Distrito Judicial de
Lambayeque
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 148-2013-CE-PJ
Lima, 24 de julio de 2013
VISTOS:
El Of‌i cio N° 1235-2013-CED-CSJLA/PJ, cursado por
el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte
Superior de Justicia de Lambayeque, Of‌i cio N° 225-
2013-ETI-CPP/PJ, del Presidente del Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Código Procesal
Penal; y el Informe 003-2013-MyE-ST-ETI-CCPP/PJ,
elaborado por el Especialista en Monitoreo y Evaluación
de la Secretaría Técnica del mencionado equipo técnico.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Presidente del Consejo Ejecutivo
Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque
somete a consideración de este Órgano de Gobierno la
petición formulada por el Juez Decano de la Provincia de
San Ignacio, referente al traslado de la carga procesal del
Juzgado Penal Liquidador, que actualmente viene siendo
tramitado por el Juzgado Mixto, para que sea asumida por
el Juzgado de la Investigación Preparatoria de la referida
provincia.
Segundo. Que, al respecto, el Presidente del
Equipo Técnico Institucional de Implementación
del Código Procesal Penal, de conformidad con los
alcances contenidos en el Informe N° 003-2013-MyE-
ST-ETI-CCPP/PJ, elaborado por el Especialista en
Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica del
mencionado equipo técnico, ha emitido opinión porque
se apruebe el traslado de la carga procesal en materia
Mixto de la Provincia San Ignacio, hacia el Juzgado
de la Investigación Preparatoria de la citada provincia,
Distrito Judicial de Lambayeque.
Tercero. Que de acuerdo a los informes de la
Presidencia del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte
Superior de Justicia de Lambayeque, como del Equipo
Técnico Institucional de Implementación del Código
Procesal Penal, se constata que el Juzgado Mixto de
San Ignacio tiene carga elevada de procesos judiciales.
En ese sentido, de conformidad con lo informado por el
referido equipo técnico el Juzgado Mixto, en adición de
funciones Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador de
la Provincia de San Ignacio, tiene carga procesal actual
de 1023 expedientes, de los cuales corresponde a la
función liquidadora 268 expedientes, considerando 44
en trámite y 224 en ejecución. Asimismo, se advierte
que el Juzgado de la Investigación Preparatoria de
la citada provincia, cuenta con 299 expedientes en
trámite y 102 en ejecución, con una carga total de 401
procesos judiciales, lo que equivale al 39% de la carga
procesal que se tramita actualmente en el Juzgado
Mixto.
Cuarto. Que, en ese orden de ideas, del análisis de
las cifras estadísticas allí detalladas f‌l uye que el número
de expedientes que se tramitan ante el Juzgado Mixto
de San Ignacio se encuentra en el límite del estándar
establecido por Resolución Administrativa N° 245-2012-
CE-PJ, del 5 de diciembre del año próximo pasado; no
obstante la producción de 102 expedientes mensuales
en promedio que viene desarrollando el mencionado
órgano jurisdiccional. Por lo que siendo así, y teniendo
en cuenta la información aportada conforme a lo expuesto
precedentemente, resulta atendible la propuesta para
la redistribución de la carga que aún mantiene el
Juzgado Mixto de San Ignacio en materia del Código de
Procedimientos Penales, en trámite, reserva y ejecución,
para que ésta sea asumida por el Juzgado de la
Investigación Preparatoria de la citada provincia.
Quinto. Que, de conformidad con el artículo 82°,
inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, se determina como funciones y
atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
disponer acciones que puedan mejorar el servicio de
administración de justicia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 542-
2013 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención
de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona
Postigo, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro
Guerra, de conformidad con el informe del Equipo Técnico
Institucional de Implementación del Nuevo Código
Procesal Penal. Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer, a partir del 16 de
setiembre de 2013, el traslado de la carga procesal en
Juzgado Mixto de la Provincia de San Ignacio, en trámite,
reserva y ejecución, hacia el Juzgado de la Investigación
Preparatoria de la citada provincia, Distrito Judicial de
Lambayeque.
El Juzgado Mixto de la Provincia de San Ignacio dejará
la adición de funciones como Juzgado Penal Liquidador,
asumiéndola el Juzgado de la Investigación Preparatoria
de la citada provincia.
El Presidente de la mencionada Corte Superior deberá
realizar las acciones administrativas necesarias, a f‌i n de
no afectar el normal desarrollo de los procesos judiciales.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control
de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia del
Equipo Técnico Institucional de Implementación del
Código Procesal Penal, Comisión Nacional de Descarga
Procesal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de

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