RESOLUCION SUPREMA N° 272-2011-PCM - Autorizan viaje de funcionario de OSIPTEL a Colombia para participar en Simposio Mundial para Organismos Reguladores GSR) y en Foro Mundial de Líderes del Sector (GILF)

Fecha de disposición17 Septiembre 2011
Fecha de publicación17 Septiembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 17 de setiembre de 2011
450058
de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-
el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora BLANCA
MIRTHA ROSALES VALENCIA, Directora de la Of‌i cina
General de Comunicación Social de la Presidencia del
Consejo de Ministros, a la ciudad de Nueva York, Estados
Unidos de América, del 20 al 25 de setiembre de 2011,
para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán cubiertos por la
Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al
siguiente detalle:
Viáticos S/. 3,630.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado representante
deberá presentar a su institución un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos
entregados.
Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente
Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración
de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase
o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
SALOMÓN LERNER GHITIS
Presidente del Consejo de Ministros
692113-9
Autorizan viaje de funcionario de
OSIPTEL a Colombia para participar
en Simposio Mundial para Organismos
Reguladores (GSR) y en Foro Mundial
de Líderes del Sector (GILF)
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 272-2011-PCM
Lima, 16 de septiembre de 2011
Vista, la Carta Nº 632-GG.GPP/2011 del Gerente
General del Organismo Supervisor de Inversión Privada
en Telecomunicaciones - OSIPTEL;
CONSIDERANDO
Que, el Director de la Of‌i cina de Desarrollo de las
Telecomunicaciones - BDT de la Unión Internacional
de las Telecomunicaciones - UIT, ha invitado a las
Administraciones y Autoridades Nacionales de
Reglamentación de los Estados Miembros a participar en
el “11vo Simposio Mundial para Organismos reguladores
(GSR)” y “4to Foro Mundial de Líderes del Sector (GILF)”,
eventos que se realizarán del 20 al 23 de setiembre de
2011 en la ciudad de Armenia (Colombia);
Que, la Comisión de Regulación de Comunicaciones
de Colombia - CRC es la entidad anf‌i triona de los eventos,
los cuales se realizarán por primera vez en un país
latinoamericano; y, su Director Ejecutivo, ha manifestado
la importancia de contar con la asistencia del OSIPTEL a
f‌i n de propiciar el desarrollo de la industria TIC en nuestros
países;
Que, de acuerdo con la invitación recibida de ambos
organismos, el GSR constituye un espacio de intercambio
mundial, y reunirá a las máximas autoridades y jefes de
organismos de reglamentación de países desarrollados y
en desarrollo, así como a los miembros de la comunidad
mundial de organismos reguladores y principales actores
de las TIC, que son el sector privado, los inversores y los
consumidores;
Que, por su parte, el GILF ofrecerá a los participantes
una plataforma de intercambio que permitirá que los
Miembros del Sector de Desarrollo compartan sus
opiniones y experiencias sobre los principales problemas
y desafíos que afronta el sector de las TIC en la
actualidad;
Que, considerando que la aparición de la banda ancha
ha modif‌i cado el acceso a la información, comunicación
e intercambio de conocimientos, el tema que abordarán
ambos eventos será la “Reglamentación inteligente para
un mundo en banda ancha”;
Que, durante las sesiones previstas se def‌i nirán las
estrategias y planes orientados a que todas las personas
se benef‌i cien con los servicios y oportunidades que trae
consigo el mundo en banda ancha, y se examinarán
las medidas de reglamentación inteligente que podrá
ser utilizada por los reguladores para lograr el acceso
universal a la banda ancha y promover la innovación;
Que, los temas previstos para ambas reuniones
concuerdan con los intereses y experiencia del OSIPTEL,
y forman parte de la agenda prioritaria def‌i nida para el
período, la cual está orientada al desarrollo de los servicios
de telecomunicaciones y la inclusión de la población
peruana a los mismos;
Que, el señor Luis Alejandro Pacheco Zevallos,
subgerente de Análisis Regulatorio del OSIPTEL,
representa a dicho organismo ante la “Comisión
Multisectorial Temporal con el encargo de elaborar el Plan
Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha en el Perú”
y la “Comisión Multisectorial Permanente encargada de
monitorear la Política Nacional de despliegue de f‌i bra
óptica en infraestructura de otros servicios (D.S. Nº 034-
2010-MTC)”;
Que, los gastos de viaje, TUUA y viáticos serán
cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto
institucional;
De conformidad con lo establecido por la Ley
Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes
al exterior de funcionarios y servidores públicos del
Poder Ejecutivo y su reglamento, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29626,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2011; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Alejandro
Pacheco Zevallos, Subgerente de Análisis Regulatorio
del Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Armenia,
Colombia, del 19 al 24 de setiembre de 2011, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución se efectuarán con cargo al
presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasaje (incluye TUUA) US$ 1 024,94
Viáticos US$ 1 000,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario
deberá presentar a su institución un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos
entregados.
Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.

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