Aprueban transferencia patrimonial predial interestatal a título gratuito de diversos predios del INIEA a favor del SENASA
Fecha de publicación | 21 Julio 2004 |
Fecha de disposición | 21 Julio 2004 |
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NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 21 de julio de 2004
Visto, el Oficio Nº 339-2004/SGPR/GC.Adm del Gerente
Central de Administración del Despacho Presidencial;
CONSIDERANDO:
Que, el Informe Legal Nº 046-2004-DP/GER.LEG del
Gerente Legal del Despacho Presidencial, se pronuncia por
el inicio de las acciones judiciales a que hubiera lugar con-
tra el señor Gabriel Jerí Castro, ex trabajador del Despa-
cho Presidencial, por el hecho de presentar documenta-
ción falsa con el propósito de ingresar al servicio de esta
entidad;
Que, mediante el artículo 4º del Reglamento de Organi-
zación y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado
por Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM, en concordancia
con el numeral 51.7 del artículo 51º del Reglamento de
Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo
de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-
PCM, el Despacho Presidencial es un organismo público
descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de
Ministros;
Que, en tal sentido y de acuerdo a lo indicado por el
Informe precitado, que constituye parte integrante de la
motivación de la presente Resolución y el Oficio de visto,
resulta pertinente en resguardo del interés público autori-
zar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales
de la Presidencia del Consejo de Ministros para que inter-
ponga las acciones judiciales correspondientes;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del
Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre-
to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado
por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien-
to Administrativo General y el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones de la Presidencia del Consejo de Minis-
tros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo
de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de
Ministros para que, en representación y defensa de los in-
tereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales
correspondientes contra el señor Gabriel Jerí Castro, ex
trabajador del Despacho Presidencial, por los fundamen-
tos expuestos en la parte considerativa de la presente Re-
solución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso, al mencionado Pro-
curador Público para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
13577
AGRICULTURA
Aprueban transferencia patrimonial
predial interestatal a título gratuito de
diversos predios del INIEA a favor del
SENASA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0530-2004-AG
Lima, 20 de julio de 2004
VISTO:
El Oficio Nº 576-2004-AG-SENASA del 12 de abril de
2004, mediante el cual la Jefa del Servicio Nacional de
Sanidad Agraria - SENASA solicita la expedición de la
Resolución Ministerial que apruebe la Transferencia Patri-
monial Predial Interestatal del Instituto Nacional de Investi-
gación y Extensión Agraria - INIEA a favor del Servicio
Nacional de Sanidad Agraria - SENASA;
CONSIDERANDO:
Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENA-
SA, es la autoridad nacional y el organismo oficial del Perú
en materia de sanidad agraria, fue creado por el Decreto
Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura,
como organismo público descentralizado del Ministerio de
Agricultura de Perú, con autonomía técnica, administrati-
va, económica y financiera. Su misión es velar por la sani-
dad agraria a la que mejoramos y protegemos con la finali-
dad de contribuir al desarrollo nacional, dotando al Perú de
un marco de seguridad agrosanitaria sin constituir barre-
ras injustificadas al comercio, conduciendo eficientes sis-
temas de protección fito y zoosanitaria y ejecutando pro-
gramas de control, supresión y erradicación de plagas y
enfermedades que afectan a la agricultura nacional;
Que, el Instituto Nacional de Investigación y Extensión
Agraria (INIEA) es un Organismo Público Descentralizado
del Ministerio de Agricultura, creado por el Decreto Ley Nº
25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, con
personería jurídica de derecho público interno; con auto-
nomía técnica, administrativa, económica y financiera; cons-
tituye un Pliego Presupuestal y tiene duración indefinida.
Su misión es interactuar en las áreas de la investigación
científica, generando conocimientos y adaptando tecnolo-
gías como respuestas a las demandas del mercado, que
son transferidos metodológica y sistemáticamente a los
productores agrarios, a través de servicios tecnológicos y
de extensión agraria (estos últimos conforme a la Ley Nº
28076);
Que, mediante Decreto Supremo Nº 125-97-EF, se
aprueba una Operación de Endeudamiento Externo entre
la República del Perú y el Banco Interamericano de Desa-
rrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Progra-
ma de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria, cuyos tér-
minos de ejecución se detallan en el Contrato de Préstamo
Nº 1025/OC-PE. El objeto del citado Programa, es contri-
buir al desarrollo agropecuario del país, mediante el incre-
mento de los niveles de sanidad vegetal y animal, lo cual
se logrará fortaleciendo los servicios permanentes del
SENASA, entre ellos el diagnóstico agrosanitario, así como
ejecutando proyectos específicos, como el de Control y
Erradicación de las Moscas de la Fruta;
Que, en cumplimiento del Plan de Ejecución del Progra-
ma de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria, el SENASA
ha implementado Centros de Diagnósticos, el Centro de
Producción de Moscas de la Fruta Estériles, y el Órgano
Desconcentrado SENASA Lima-Callao, para lo cual tuvo a
su disposición 3 (tres) predios, cedidos por el entonces
denominado Instituto Nacional de Investigación Agraria -
INIA (mediante Ley Nº 28076, se denomina al ex - INIA
como Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agra-
ria - INIEA), de acuerdo al siguiente detalle:
a) Centros de Diagnósticos: Área parcial con una
extensión de Trece mil ciento cincuenta y ocho y 99/100
metros cuadrados (13 158,99 m²), localizada en el distrito
de La Molina, provincia y departamento de Lima, signada
con el número de Unidad Catastral 10023, expedido por el
Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural -
PETT del Ministerio de Agricultura; a independizar del pre-
dio matriz signado con el número de Unidad Catastral
10009, expedido por el mismo Proyecto Especial, e inscri-
to en la Ficha Nº 1614450 del Registro de la Propiedad
Inmueble de Lima (Zona Registral Nº IX-Sede Lima);
b) Centro de Producción de Moscas de la Fruta
Estériles: Área parcial con una extensión de Siete mil
seiscientos cincuenta y nueve y 84/100 metros cuadrados
(7 659,84 m²), localizada en el distrito de La Molina, provin-
cia y departamento de Lima, signada con el número de
Unidad Catastral 10025, expedido por el Proyecto Espe-
cial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT del Mi-
nisterio de Agricultura; a independizar del predio matriz sig-
nado con el número de Unidad Catastral 10009, expedido
por el mismo Proyecto Especial, e inscrito en la Ficha Nº
1614450 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima
(Zona Registral Nº IX-Sede Lima); y,
c) Órgano Desconcentrado SENASA Lima-Callao:
Área parcial con una extensión de Cuatrocientos tres y 80/
100 metros cuadrados (403,80 m²), localizada en el distrito
de La Molina, provincia y departamento de Lima, signada
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