DECRETO SUPREMO N° 074-2008-EF - Autorizan transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros destinadas a las acciones del FORSUR

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 7 de junio de 2008
373614
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé
cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se
contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTERO FLORES ARÁOZ E.
Ministro de Defensa
ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 539-2008-DE/SG
06 JUN. 2008
1. MOTIVO
Autorizar el ingreso al territorio de la República de
personal militar de la República de Ecuador para participar
en la XIII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos
de las Fuerzas Armadas del Perú y Ecuador.
2.-IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA
REPÚBLICA DE ECUADOR, SIN ARMAS DE GUERRA,
QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:
a) GENERAL DE BRIGADA GONZALO MEZA HERNANDEZ
b) GENERAL DE BRIGADA FERNANDO RODRIGUEZ GUERRERO
c) CONTRALMIRANTE ALAND MOLESTINA MALTA
d) BRIGADIER GENERAL LEONARDO BARREIRO MUÑOZ
e) CORONEL EMC JOSE NUÑEZ MEJIA
f) CORONEL EMC FAUSTO BERRAZUETA MANCHENO
g) CAPITAN DE NAVIO EDGAR ACOSTA BALSECA
h) MAYOR AVC RUTHIAR CORTES ROBALINO
i) CAPITAN DE NAVIO GABRIEL RECALDE GALARZA
3.- TIEMPO DE PERMANENCIA
Del 7 al 14 de junio de 2008
4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTE
NO INDICAN
210064-1
Autorizan ingreso al territorio de la
República de personal militar de la
República de Colombia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 540-2008/DE/SG
Lima, 6 de junio de 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 556 de fecha 3 de junio
de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y
Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se
expida la autorización para el ingreso de personal militar de
la República de Colombia, sin armas de guerra;
Que, el Comandante General del Ejército del Perú ha
cursado una invitación al Comandante del Ejército Nacional
de Colombia para el mes de junio;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción
o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante
Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la
República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas
tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad.
La Resolución Ministerial de autorización debe especif‌i car
los motivos, la relación del personal militar, la relación
de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en
el territorio peruano. En los casos en que corresponda
se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones
Exteriores”; y
Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de
conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República de personal militar de la República de Colombia,
cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de
la presente Resolución, del 6 al 9 de junio de 2008, para
realizar una visita of‌i cial al Comandante General del Ejército
del Perú.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé
cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se
contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTERO FLORES ARÁOZ E.
Ministro de Defensa
ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 540-2008-DE/SG
06 JUN.2008
1. MOTIVO
Autorizar el ingreso al territorio de la República de
personal militar de la República de Colombia para realizar
una visita of‌i cial al Comandante General del Ejército del
Perú.
2.-IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA
REPÚBLICA DE COLOMBIA, SIN ARMAS DE GUERRA,
QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:
GENERAL MARIO MONTOYA URIBE
3.- TIEMPO DE PERMANENCIA
Del 6 al 9 de junio de 2008.
4.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE
NO INDICAN
210064-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de Partidas a
favor de la Presidencia del Consejo de
Ministros destinadas a las acciones del
FORSUR
DECRETO SUPREMO
N° 074-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29078 y modif‌i catorias, se
crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las
Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007,
denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo
de Ministros, con autonomía económica, f‌i nanciera y técnica,
constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y
cuya f‌i nalidad es lograr la rehabilitación y reconstrucción de
las zonas declaradas en estado de emergencia a través del
Decreto Supremo N° 068-2007-PCM y sus ampliaciones;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 29136 establece que
son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras,
realizar la evaluación general de los efectos de los sismos
del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en
estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de
rehabilitación, construcción y reconstrucción necesarios
para el cumplimiento de los f‌i nes del FORSUR; priorizar
las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos
del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios,
empresas públicas, los gobiernos regionales, los gobiernos
locales o terceros, en el marco de los planes y proyectos de
rehabilitación, construcción y reconstrucción integral de las
zonas declaradas en estado de emergencia;
Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha
solicitado Transferencias de Partidas con cargo a la
Reserva de Contingencia por la suma de TREINTA Y
CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL CIENTO
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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