DECRETO SUPREMO N° 027-2009-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas entidades destinadas a las acciones del FORSUR

Fecha de publicación05 Febrero 2009
Fecha de disposición05 Febrero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 5 de febrero de 2009
390252
10.2 Las Entidades Públicas que cuentan con personal
sujeto al régimen laboral de la actividad privada, otorgarán
la Bonif‌i cación por Escolaridad conforme lo establecido
en el Artículo 6° numeral 6.2 de la Ley N° 29289.
10.3 Las disposiciones del presente Decreto Supremo
no son de alcance a las personas que son contratados
bajo la modalidad de contratos administrativos de
servicios - CAS o que prestan servicios bajo la modalidad
de Locación de Servicios.
Artículo 11°.- Disposiciones Complementarias
El Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado
a dictar las medidas que sean necesarias para la correcta
aplicación de la presente norma legal.
Artículo 12°.- De la suspensión de normas
Déjese en suspenso las disposiciones legales que se
opongan a lo establecido en la presente norma.
Artículo 13°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro
días del mes de febrero del año dos mil nueve
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
309830-4
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor de diversas entidades destinadas
a las acciones del FORSUR
DECRETO SUPREMO
Nº 027-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29078 se crea el Fondo para
la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por
los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modif‌i catorias,
denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del
Consejo de Ministros, con autonomía económica,
f‌i nanciera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en
Unidad Ejecutora, con el objeto de lograr la rehabilitación
y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de
emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007-
PCM y sus ampliaciones;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29136 establece que
son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras,
realizar la evaluación general de los efectos del sismo
del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en
estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de
rehabilitación, construcción y reconstrucción necesarios
para el cumplimiento de los f‌i nes del FORSUR; priorizar
las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos
del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios,
empresas públicas, los gobiernos regionales, los gobiernos
locales o terceros, en el marco de los planes y proyectos
de rehabilitación, construcción y reconstrucción integral
de las zonas declaradas en estado de emergencia;
Que FORSUR ha elaborado el “Plan de Reconstrucción
del Sur” con el objetivo de lograr la reconstrucción
económica, social y ambiental de las zonas afectadas
por los sismos del 15 de agosto del 2007, el cual servirá
de guía y herramienta articuladora de las acciones que
se han propuesto ejecutar las distintas instancias de los
Gobiernos Nacional, Regional y Local, las organizaciones
privadas y las asociaciones de pobladores, con el
propósito de restituir la infraestructura pública dañada por
los sismos del 15 de agosto del 2007;
Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 005-2009
se dictan disposiciones extraordinarias para viabilizar y
facilitar la ejecución inmediata de proyectos prioritarios
que forman parte del Plan de Reconstrucción del Sur,
para cuyo efecto se autorizó un Crédito Suplementario
en el Sector Público para el año f‌i scal 2009, hasta por
la suma de S/. 146 260 000,00 con cargo a los recursos
del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas
Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto de 2007, los
que se incorporaron en la Reserva de Contingencia del
pliego Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto
de que dichos recursos se transf‌i eran directamente a las
Unidades Ejecutoras de los proyectos detallados en el
Anexo señalado en el artículo 2° del citado Decreto de
Urgencia, previa solicitud de la Presidencia del Consejo
de Ministros;
Que, la Presidencia del Consejo de Ministros mediante
el Of‌i cio N° 253-2009-PCM/DM, ha solicitado la suma de
S/. 8 618 018,00, con cargo a los recursos del FORSUR
previstos en la Reserva de Contingencia, considerando
los Acuerdos de Directorio N°s 080-10-2008-D-FORSUR,
135-2008/Sesión N° 013-FORSUR y N° 090-2008/Sesión
N° 011-FORSUR; sin embargo, de la compatibilización de
los proyectos comprendidos en los citados Acuerdos y la
lista de proyectos enviada por la Presidencia del Consejo
de Ministros se determina que existe una diferencia
respecto a la denominación de los proyectos de inversión;
por lo que, siendo necesario impulsar la ejecución de los
citados proyectos para dar cumplimiento parcial de los
objetivos establecidos en el Plan de Reconstrucción del
Sur, se ha determinado la autorización de los recursos por
la suma de S/. 7 939 750,00, con cargo a los recursos
del Fondo FORSUR señalados en el considerando
precedente;
De conformidad con lo establecido por el artículo 45º
de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modif‌i catorias;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009,
hasta por la suma de SIETE MILLONES NOVECIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 939 750,00), conforme
a la relación establecida en el Anexo que forma parte
del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente
detalle:
DE LA:
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y
Reserva de Contingencia
PROGRAMA
FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector
Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO
GASTOS CORRIENTES
0. Reserva de Contingencia 7 939 750,00
-----------------
TOTAL 7 939 750,00
==========
A LA:
SECCION SEGUNDA : I N S T A N C I A S
DESCENTRALIZADAS
PLIEGO : Municipalidad Provincial de
Yauyos
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO
GASTOS DE CAPITAL
6. Adquisición de Activos no f‌i nancieros 4 316 377,00
-----------------
SUBTOTAL 4 316 377,00
===========
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