DECRETO SUPREMO N° 160-2009-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 para la ejecución de proyectos de inversión a cargo del Complejo Arqueológico de Chan Chan

Fecha de disposición23 Julio 2009
Fecha de publicación23 Julio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 23 de julio de 2009
399462
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº
28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
señala que la Dirección Nacional del Presupuesto Público
propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba
las modif‌i caciones al Presupuesto Consolidado de los
Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de
los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 160-2008-
EF, establece, entre otros aspectos, que las modif‌i caciones
al Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales se aprueban en periodos
trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los
procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado
de la Directiva N° 004-2007-EF/76.01, “Directiva para
la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de
Tratamiento Empresarial”, aprobado por la Resolución
Directoral N° 014-2008-EF/76.01 y modif‌i catorias;
Que, en consecuencia es necesario aprobar la
formalización de los Créditos Suplementarios del Primer
Trimestre del año Fiscal 2009, en el Presupuesto Consolidado
de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y,
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º
de la Constitución Política del Perú, el numeral 42.3 del
artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, el artículo 6º del Decreto
Supremo Nº 160-2008-EF y los artículos 25º (modif‌i cado
por el artículo 3° del Anexo Modif‌i catorias y Derogatorias
de la Resolución Directoral N° 014-2008-EF/76.01), 26°
y 27º del Texto Ordenado de la Directiva Nº 004-2007-
EF/76.01 aprobado por la Resolución Directoral Nº 014-
2008-EF/76.01.
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Apruébase, en el Presupuesto Consolidado de los
Organismos Públicos Descentralizados y Empresas
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
correspondiente al año Fiscal 2009, la formalización de los
Créditos Suplementarios del Primer Trimestre del citado
Año Fiscal por la suma de CIENTO TRECE MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y
DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.113 260 532,00), de
acuerdo al siguiente desagregado:
En Nuevos Soles
INGRESOS
Fuentes de Financiamiento
Recursos Directamente Recaudados 25 934 251,00
Recursos por Operaciones Of‌i ciales de Crédito 5 915 908,00
Donaciones y Transferencias 81 410 373,00
_____________
TOTAL INGRESOS 113 260 532,00
============
En Nuevos Soles
EGRESOS
Gastos Corrientes 12 004 653,00
Gastos de Capital 101 237 293,00
Servicio de la Deuda 18 586,00
______________
TOTAL EGRESOS 113 260 532,00
=============
Artículo 2º.- Desagregado del Presupuesto
Consolidado
El desagregado de los montos aprobados en el artículo
precedente, a nivel Consolidado de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman
parte de la presente norma legal, los cuales son publicados
en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y
Finanzas: www.mef.gob.pe, de acuerdo a lo siguiente:
Descripción Anexo
Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales por Fuentes de Financiamiento Anexo Nº I
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales por Fuentes de Financiamiento y
Genérica del Gasto Anexo Nº II
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales por Genérica del Gasto –
Recursos Públicos Anexo Nº III
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales por Genérica del Gasto – Recursos
Directamente Recaudados Anexo Nº III-1
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales por Genérica del Gasto – Recursos
por Operaciones Of‌i ciales de Crédito Anexo Nº III-2
Distribución del Egreso de los Organismos Públicos
Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales
y Gobiernos Locales por Genérica del Gasto –
Donaciones y Transferencias Anexo Nº III-3
Artículo 3º.- Plazo de Aprobación y Presentación
del Presupuesto de Apertura considerado en la
Formalización de Créditos Suplementarios
Las Entidades que por aplicación de la formalización
de los Créditos Suplementarios señalada en el artículo
1°, les corresponda la aprobación de sus Presupuestos
Institucionales de Apertura para el Año Fiscal 2009,
deberán desagregarlo a nivel de fuente de f‌i nanciamiento
y categoría del gasto y autorizarlo mediante Resolución
del Titular de la Entidad, dentro de los (05) días hábiles
posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo.
Copia de la citada Resolución, así como de los
formatos y anexos de aprobación visados por el Titular
de la Entidad y el Jefe de la Of‌i cina de Presupuesto o
quien haga sus veces en la Entidad, son presentados
a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la
República del Congreso de la República, a la Contraloría
General de la República y a la Dirección Nacional del
Presupuesto Público, dentro de los cinco (05) días
posteriores a su aprobación.
Artículo 4º.-Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de julio del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
376075-2
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2009 para la ejecución
de proyectos de inversión a cargo del
Complejo Arqueológico de Chan Chan
DECRETO SUPREMO
Nº 160-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Complejo Arqueológico de Chan Chan es
considerado “La Urbe Prehispánica de barro más grande
e importante de América”, en virtud a lo cual ha sido
declarado como “Patrimonio de la Humanidad, por la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura – UNESCO”;

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