34 171 - Aprueban Parámetros Urbanísticos para zona ocupada por cooperativa de vivienda ubicada en el Centro Histórico de Lima, Distrito del Rímac

Fecha de publicación26 Diciembre 2002
Fecha de disposición26 Diciembre 2002
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 26 de diciembre de 2002 AÑO XX - Nº 8222 Pág. 235887
SUMARIO
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL"
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DIARIO OFICIAL
Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe
PODER EJECUTIVO
P C M
D.S. Nº 136-2002-PCM.- Establecen disposiciones referidas a
aportes de empresas y entidades de los subsectores electricidad
e hidrocarburos en el marco de la Ley Nº 27332 235888
D.S. Nº 137-2002-PCM.- Fijan para el ejercicio 2003 la alícuota
del Aporte por Regulación para la SUNASS 235889
D.S. Nº 138-2002-PCM.- Fijan para el ejercicio 2003 la alícuota
del Aporte por Regulación para el OSIPTEL 235890
AGRICULTURA
R.D. Nº 216-2002-AG-DRA.LC.- Declaran de oficio nulidad
de proceso de licitacion pública Nº 001-2002-AG.DRA.LC
para adquisición de fertilizantes 235890
PODER JUDICIAL
ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Res. Nº 093-2002-AMAG-CD/P.- Autorizan contratar uso de
licencia del software INTEGRIX 2000 mediante proceso de
adjudicación de menor cuantía 235891
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Res. Nº 074-2002.- Precisan que corresponde al Gerente Ge-
neral autorizar la información que demanden las personas en
virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública 235892
Res. Nº 075-2002.- Autorizan viaje de director para participar
en actividades y seminarios a realizarse en Italia 235892
CONTRALORÍA GENERAL
RR. Nºs. 302 y 303-2002-CG.- Autorizan a procurador ini-
ciar acciones legales contra presuntos responsables de la co-
misión de delitos de peculado y contra la fe pública en agra-
vio de municipalidad distrital y de universidad 235892
J N E
RR. Nºs. 1010 y 1014-2002-JNE.- Declaran fundados recur-
sos de apelación interpuestos contra resoluciones emitidas por
los JEE de Callao y Maynas 235894
RR. Nºs. 1011, 1012, 1013, 1015, 1016 y 1019-2002-JNE.-
Declaran infundadas apelaciones interpuestas contra resolu-
ciones emitidas por Jurados Electorales Especiales de
Azángaro, Huaraz, Puno, Parinacochas, Santiago de Chuco y
Lima Norte 235894
Res. Nºs. 1017 y 1018-2002-JNE.- Declaran improcedentes
e infundada respectivamente, solicitudes de nulidad contra
elecciones regional y municipal realizadas en el departamento
de Junín y en el distrito de Fernando Lores 235897
Res. Nº 1028-2002-JNE.- Precisan conformación del Gobier-
no Regional de Lima 235898
RR. Nºs. 1029, 1030, 1033, 1034 y 1035-2002-JNE.- Confir-
man resoluciones de los Jurados Electorales Especiales de
Bolognesi, Huánuco, San Román, Lima Centro y Cañete
235898
RR. Nºs. 1031 y 1032-2002-JNE.- Revocan resoluciones del
Jurado Electoral Especial de Caravelí y declaran válidas
votación municipal distrital 235901
S B S
Res. SBS Nº 1298-2002.- Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro del Sistema de Seguros 235901
Res. SBS Nº 1327-2002.- Autorizan a representantes de la SBS
en el Banco Nuevo Mundo en Liquidación a realizar actos
establecidos en los numerales 1 y 8 del Art. 28º del Regla-
mento aprobado por Resolución SBS Nº 455-99 235902
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN
Res. Nº 044-CND-P-2002.- Aprueban Directiva sobre actua-
ción de representantes de la PCM y del Consejo Nacional de
Descentralización en el proceso de transferencia de activos y
pasivos de los CTARs a los Gobiernos Regionales 235902
INDECOPI
Res. Nº 180-2002-INDECOPI/DIR.- Designan miembro de
la Comisión Ad Hoc Transitoria adscrita a la Comisión de
Procedimientos Concursales de Indecopi que opera en la Uni-
versidad de Lima 235904
OSINERG
Res. Nº 085-2002-OS/PRES.- Designan al Jefe de la Oficina de
Administración y Finanzas (e) como responsable de brindar in-
formación solicitada en virtud de la Ley Nº 27806 235904
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
D.A. Nº 165.- Constituyen el Comité de Coordinación para la
Gestión Ambiental de la Cuenca Baja del Río Lurín 235904
D.A. Nº 171.- Aprueban Parámetros Urbanísticos para zona
ocupada por cooperativa de vivienda ubicada en el Centro
Histórico de Lima, distrito del Rímac 235905
R.A. Nº 7192.- No ratifican la R.A. Nº 188-2001/MDC emiti-
da por la Municipalidad Distrital de Carabayllo 235907
Pág. 235888
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 26 de diciembre de 2002
PODER EJECUTIVO
P C M
Establecen disposiciones referidas a
aportes de empresas y entidades de los
subsectores electricidad e hidrocarbu-
ros en el marco de la Ley Nº 27332
DECRETO SUPREMO
Nº 136-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los
Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos - se ha dictado el marco normativo
común aplicable dichos organismos;
Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27332 dispone que
los Organismos Reguladores recaudarán una contribu-
ción denominada Aporte por Regulación, la cual estará a
cargo de las empresas y entidades bajo el ámbito de com-
petencia de los citados Organismos;
Que, según la norma en mención, el Aporte por Re-
gulación no podrá exceder el 1% (uno por ciento) del va-
lor de la facturación anual, deducido el Impuesto General
a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, el
cual será fijado para cada caso mediante Decreto Supre-
mo aprobado por el Consejo de Ministros, refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de
Economía y Finanzas;
Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 27699 precisa que el
aporte a que hace mención el Artículo 10º de la Ley Nº
27332, tiene la naturaleza de contribución destinada al
sostenimiento institucional de OSINERG;
Que, en el sector energía existen los subsectores de
electricidad e hidrocarburos, con características particu-
lares;
Que, es necesario establecer aportes diferenciados,
cuidando que la contribución establecida para el
sostenimiento institucional guarde relación con un pre-
supuesto razonable y equilibrado de OSINERG, que le
permita realizar adecuada y eficientemente sus fun-
ciones normativa, de regulación, supervisión, fiscali-
zación, solución de controversias y solución de recla-
mos de usuarios;
Que, el inciso g) del Artículo 31º del Decreto Ley Nº
25844, Ley de Concesiones Eléctricas, modificado por el
Artículo 10º de la Ley Nº 27332, sigue manteniendo la
obligación de los concesionarios de generación, transmi-
sión y distribución eléctrica, de contribuir al sostenimiento
de los organismos normativos, con un aporte que no po-
drá exceder el 1% de sus ventas anuales y, cuyo monto
sumado a la contribución fijada a favor de los Organis-
mos Reguladores, no debe superar el tope fijado en la
referida Ley Marco;
Que, asimismo, la Ley Nº 27116, modificada por el
Artículo 10º de la Ley Nº 27332, mantiene también la
obligación de los concesionarios de transporte de hidro-
carburos líquidos por ductos, de transporte de gas natu-
ral por ductos y de distribución de gas natural por red de
ductos, al sostenimiento de los organismos normativos,
reguladores y fiscalizadores, con un aporte que no podrá
ser superior al 1% de sus ventas anuales;
Que, se requiere fijar la contribución denominada Apor-
te por Regulación, la misma que tendrá una vigencia mí-
nima por el ejercicio presupuestal 2003, extendiéndose
su vigencia mientras no se modifique la misma por nor-
ma expresa;
De conformidad con el numeral 8 del Artículo 118º de
creto Ley Nº 25844, la Ley Nº 27116 y con el voto apro-
batorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aportes de empresas y entidades del
subsector electricidad
1.1. La contribución denominada Aporte por Regula-
ción de los concesionarios de generación, de transmi-
sión y de distribución de energía eléctrica, así como de
las entidades que desarrollan exclusivamente las activida-
des de generación mediante autorización, es de 0,65%
de su facturación mensual, que correspondan a las
operaciones con terceros relacionadas directamente con
la actividad normada, regulada, supervisada o fiscaliza-
da, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Im-
puesto de Promoción Municipal.
En el caso de los concesionarios de distribución de
energía eléctrica, los montos que transfieran las empre-
sas aportantes a las empresas receptoras, por la aplica-
ción de la Ley Nº 27510 que crea el Fondo de Com-
pensación Social eléctrico (FOSE), no forman parte de
la base imponible para el cálculo del aporte por Regula-
ción. Las empresas receptoras serán las encargadas de
efectuar el aporte correspondiente al monto transferido.
1.2. La contribución establecida en la Ley de Conce-
siones Eléctricas para la Dirección General de Electrici-
dad del Ministerio de Energía y Minas, como ente nor-
mativa sectorial, de los concesionarios de generación,
de transmisión y de distribución de energía eléctrica,
así como de las entidades que desarrollen exclusiva-
mente las actividades de generación mediante autoriza-
ción, es de 0,35% de su facturación mensual, por opera-
ciones que se encuentren relacionadas con dicha con-
cesión o autorización, según sea el caso, deducido el
Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promo-
ción Municipal.
R.A. Nº 7194.- Disponen no ratificar resolución de la Munici-
palidad Distrital de San Martín de Porres que aprobó proyec-
tos de habilitación urbana 235907
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ordenanza Nº 069-C/MC.- Dejan en suspenso lo dispuesto
en la Ordenanza Nº 019-2001-C/MC, hasta el 30 de diciem-
bre de 2002 235908
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Ordenanza Nº 0147-2002-MDSL.- Amplían vigencia de Be-
neficio Especial de Regularización Tributaria y Administra-
tiva 235909
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ROSA
Ordenanza Nº 056.- Prorrogan vigencia de Ordenanza Nº 034
que concede beneficio de regularización de deudas tributarias
235909
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Res. Nº 969-2002-RASS.- Aprueban proyectos de habilita-
ción urbana de terreno ubicado en el distrito 235909

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