ORDENANZA N° 310-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR - Declaran de interés público regional la protección y conservación del Bosque de Palmeras del Género Ceroxylon en la Comunidad Campesina de Taulía - Molinopampa

Fecha de disposición22 Julio 2012
Fecha de publicación22 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 22 de julio de 2012 471123
de la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867 y su modif‌i catoria,
Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modif‌i cada
por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley
Nº 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos
Regionales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia; y en
su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto.
Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783 – Ley de
Bases de la Descentralización, establece que la presente
Ley regula la estructura y organización del Estado en
forma democrática, descentralizada y desconcentrada,
correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo def‌i ne las
normas que regula la descentralización administrativa,
económica, productiva, f‌i nanciera, tributaria y f‌i scal.
Que, la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, establece en su artículo 2º que
la modernización del estado tiene por objeto establecer los
principios y la base para iniciar el proceso de modernización
de la gestión del Estado en todas sus instituciones e
instancias; del mismo modo el artículo 3º de la misma
norma, señala que la presente Ley es de aplicación en
todas las dependencias de la Administración Pública a
nivel nacional. Por otro lado la Ley en mención prescribe
en su artículo 4º entre otras, que la f‌i nalidad del proceso
de modernización de la gestión del Estado, tiene como
f‌i nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de
ef‌i ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una
mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando
el uso de recursos públicos. Precisa además que el objetivo
es alcanzar un Estado: “a) Al servicio de la ciudadanía, b)
Con canales efectivos de participación, c) Descentralizado
y desconcentrado, d) Transparente en su gestión, e)
Con servicios públicos calif‌i cados y adecuadamente
remunerados y f) Fiscalmente equilibrados (…)”.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son Personas Jurídicas de Derecho Público con
Autonomía Política, Económica y Administrativa, teniendo
por Misión Organizar y Conducir la Gestión Pública
Regional de acuerdo a sus Competencias Exclusivas,
Compartidas y Delegadas en el Marco de las Políticas
Nacionales y Sectoriales, para contribuir al Desarrollo
Integral y Sostenible de la Región, conforme lo expresan
los Artículos , y de la Ley 27867 - Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, sus Normas y Disposiciones
se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad,
Legalidad y Simplif‌i cación Administrativa.
Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se
aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación
del Cuadro para Asignación de Personal (CAP). En el
artículo 1º de dicha norma, se establece que todas las
entidades del Sector Público sean del Gobierno Nacional,
Regional o local, deben seguir los lineamientos plasmados
en esta norma, para la elaboración y aprobación del
Cuadro para Asignación de Personal (CAP). La misma
norma en el Numeral 14.5 del artículo l4º, precisa que
los Cuadros para Asignación de Personal del Gobierno
Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales, se
aprueban mediante Ordenanza Regional.
Que, con Dictamen Nº 004-2012-GOBIERNO
REGIONAL AMAZONAS/CR-COPPyAT de fecha 22 de
Mayo de 2012, la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del
Consejo Regional de Amazonas, una vez cumplido con
el levantamiento de las observaciones hechas a los
documentos de gestión de la Gerencia Sub Regional de
Utcubamba por su titular, y contando con las opiniones
Legal y Técnica de procedencia por las dependencias
competentes el Gobierno Regional Amazonas, han
propuesto al pleno de Consejo Regional: Aprobar el
Cuadro para Asignación de Personal – CAP, Reglamento
de Organización y Funciones – ROF y Cuadro Nominativo
de Personal – CNP de la Gerencia Sub Regional de
Utcubamba, por encontrarse arreglada a Ley.
Que, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 15º
concordante con el Inc. a) del artículo 39º de la Ley Nº 27867
la Ley Nº 27902 precisa, que el Conejo Regional tiene la
atribución de aprobar, modif‌i car o derogar las normas que
regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia
y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar
decisiones de carácter Institucional, de interés público y
ciudadano a través de Ordenanzas Regionales.
Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modif‌i cada por la
Ley Nº 29053 establece, que es atribución del Presidente
Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer
uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince
(15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo
Regional.
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales establece, que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia.
Que, estando a lo acordado y aprobado en la Sesión
Ordinaria de Consejo Regional Nº 011 de fecha 05 de
Junio de 2011, con el voto unánime de los Consejeros
Regionales y en uso de sus facultades conferidas por
el inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la
modif‌i cada por las Leyes Nº 27902, 28968 y 29053.
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR los Documentos de
Gestión de la Gerencia Sub Regional de Utcubamba,
del Gobierno Regional Amazonas, que en treinta y dos
(32) folios y cuatro (04) espiralados forman parte de la
presente Ordenanza Regional.
• CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL –
CAP, con Cuarenta y Dos (42) Plazas Previstas, Dos (02)
Plazas Ocupadas, haciendo un total de 44 plazas.
• REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
– ROF, con Seis (06) Títulos, Quince (15) Artículos, Una
Disposición Transitoria y Dos Disposiciones Finales.
Artículo Segundo.- DEROGAR, toda norma que se
oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- DISPONER que a través de la
Secretaría del Consejo Regional la publicación de la
presente Ordenanza Regional en el diario Of‌i cial el
peruano y su inclusión en el portal electrónico del Gobierno
Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Amazonas, para su promulgación.
En Chachapoyas, a los 14 días del mes de junio del
año 2012.
GORKY JAVE POQUIOMA.
Consejero Delegado
Consejo Regional Amazonas
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Amazonas, a los 18 de junio de 2012.
JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO
Presidente Gobierno Regional de Amazonas
817194-1
Declaran de interés público regional la
protección y conservación del Bosque
de Palmeras del Género Ceroxylon en
la Comunidad Campesina de Taulía -
Molinopampa
ORDENANZA REGIONAL
Nº 310-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
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