ACUERDO Nº 000179 - Ratifican la Ordenanza que establece las tasas a pagarse en la Municipalidad Distrital de Bellavista por concepto del Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior

Fecha de disposición14 Agosto 2009
Fecha de publicación14 Agosto 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 14 de agosto de 2009 400847
Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial “ EL PERUANO”.
POR TANTO:
Mando regístrese, comuníquese, publíquese y
cúmplase.
EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ
Alcalde
383305-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican la Ordenanza que establece
las tasas a pagarse en la Municipalidad
Distrital de Bellavista por concepto
del Procedimiento No Contencioso de
Separación Convencional y Divorcio
Ulterior
ACUERDO Nº 000179
Callao, 25 de julio de 2009
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO,
visto en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de julio de
2009, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y
en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Reglamento
de Organización Interior del Concejo aprobado por
Ordenanza Municipal Nº 000034-2004-MPC; y
CONSIDERANDO:
del Perú establece que las municipalidades como
órganos de gobierno local tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
en el artículo 9 inciso 8 establece, que es atribución
del Concejo Municipal aprobar, modif‌i car o derogar las
ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo,
su inciso 9 señala que es su atribución crear, modif‌i car,
suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos, conforme a ley; y su artículo 40
señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas
por las municipalidades distritales deben ser ratif‌i cadas
por las municipalidades provinciales de su circunscripción
para su vigencia;
Que, el artículo 37 de la Ley del Procedimiento
Administrativo General Nº 27444, establece que todas las
entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación,
según el caso, de su Texto Único de Procedimientos
Administrativos;
Que, la Ley Nº 29227 establece y regula el
procedimiento no contencioso de separación
convencional y divorcio ulterior en las municipalidades
y notarías, señalando en la Única Disposición
Complementaria que las municipalidades deben adecuar
sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos
(TUPA) para el cobro de las tasas correspondientes al
procedimiento de separación convencional y divorcio
ulterior;
Que, la Municipalidad Distrital de Bellavista solicitó a
la Municipalidad Provincial del Callao la ratif‌i cación de la
Ordenanza Municipal Nº 018-2008-CDB de fecha 9 de
diciembre de 2008, que establece las tasas que debe
pagar todo ciudadano que solicita a la Municipalidad
Distrital de Bellavista la realización del Procedimiento
No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio
Ulterior;
Que, conforme lo establece el Decreto Supremo
Nº 156-2004-EF – Texto Único Ordenado de la Ley
de Tributación Municipal y la Ley del Procedimiento
Administrativo General, se hace necesario aprobar
mediante Ordenanza Municipal, la creación de la tasa
correspondiente para el desarrollo del Procedimento
No Contencioso de Separación Convencional y
Divorcio Ulterior e incorporar dicho procedimiento en
el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Municipalidad Distrital de Bellavista;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000033 de
fecha 26 de octubre de 2005, se aprueba el Procedimiento
de Ratif‌i cación de Ordenanzas Distritales;
Que, mediante el Memorando Nº 2444-2009-MPC-
GGATR, la Gerencia General de Administración Tributaria
y Rentas señala que la Municipalidad Distrital de
Bellavista ha cumplido con presentar la documentación
estipulada en el artículo 3 de la Ordenanza Municipal
Nº 000033-2005 para la ratif‌i cación de una Ordenanza
Distrital;
Que, mediante Memorando Nº 856-2009-MPC/
GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento,
Presupuesto y Racionalización, opina que procede la
ratif‌i cación de la Ordenanza Municipal Nº 018-2008-CDB
de fecha 09 de diciembre de 2008, que establece las
tasas por Procedimiento No Contencioso de Separación
Convencional y Divorcio Ulterior;
Que, mediante Memorando Nº 973-2009-MPC-
GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y
Conciliación hace suyo el Informe Nº 304-2009-MPC-
GGAJC-SGCA, de la Gerencia de Coordinación y
Apoyo, dependiente de dicha Gerencia General, opina
que resulta procedente la ratif‌i cación de las tasas por
derechos administrativos contenidos en la Ordenanza
Municipal Nº 018-2008-CDB;
Que, en la sesión de la fecha, la Regidora Gloria
Lara Ávila solicitó que se apruebe la ratif‌i cación de la
Ordenanza Municipal Nº 018-2008-CDB de fecha 9 de
diciembre de 2008, que establece las tasas que debe
pagar todo ciudadano que solicita a la Municipalidad
Distrital de Bellavista la realización del Procedimiento
No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio
Ulterior;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
el Concejo Provincial del Callao;
ACUERDA:
1. Aprobar el pedido de la Regidora Gloria Lara
Ávila, en consecuencia, aprobar la ratif‌i cación de la
Ordenanza Municipal Nº 018-2008-CDB de fecha 9 de
diciembre de 2008, que establece las tasas que debe
pagar todo ciudadano que solicita a la Municipalidad
Distrital de Bellavista la realización del Procedimiento
No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio
Ulterior.
2. Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia
General de Administración Tributaria y Rentas y a la
Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, el
cumplimiento del presente Acuerdo.
3. Dispensar al presente Acuerdo del trámite de lectura
y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique y cumpla.
FÉLIX MORENO CABALLERO
Alcalde del Callao
383760-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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