Se pagará facturas en 30 días a empresas con ingresos de hasta S/ 7.4 millones

Por unanimidad, el pleno del Congreso aprobó ayer que el monto total de las facturas y recibos por honorarios sea cancelado en un plazo no mayor a 30 días calendario, contados a partir de la emisión de dichos documentos.

El dictamen aprobado precisa que esta disposición regirá para las micro y pequeñas empresas (mypes), que se beneficiarán de una oportunidad provisión de liquidez (capital de trabajo).

Según la regulación vigente, una microempresa tiene ingresos (ventas) anuales de hasta S/ 660,000 (150 UIT), mientras que una pequeña empresa reporta ventas de entre S/ 660,000 (150 UIT) y S/ 7'480,000 (1,700 UIT) al año.

Si la empresa privada o entidad pública adquirente del bien o servicio no cancele la factura en los 30 días establecidos deberá pagar intereses moratorios a la mype proveedora. La tasa de interés moratoria será calculada de acuerdo con los criterios fijados por el Banco Central de Reserva (BCR).

Negociación

Asimismo, la iniciativa considera que, de común acuerdo, las partes involucradas, adquiriente y proveedor, pueden negociar un plazo de pago mayor, el mismo que deberá constar por escrito y no implicar un abuso para la mype.

Y si se acuerda un pago en cuotas, la primera de ellas se tendrá que cancelar dentro de los siguientes 30 días.

"Se ha incorporado los recibos por honorarios porque no todas las empresas emiten facturas", señaló la congresista Silvia Monteza, presidente de la Comisión de Economía, quien sustentó el dictamen.

El legislador Carlos Anderson, autor del proyecto de ley que dio origen al dictamen, resaltó que las micro y pequeñas conforman un sector muy importante, porque representan el 95% del total de las empresas del Perú.

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