Autorizan uso de padrón electoral para consulta popular sobre revocación de mandato de diversos alcaldes y regidores*

EmisorJne
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 1997
Lima,
micoles
24
de
setiembre de
1997
am
Pág.
152877
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución
N”
400~95-EFISAFP,
se
estableció la posibilidad que las Administradoras puedan
instalar Puestos Móviles destinados a brindar
informa-
ción
y orientación a los añliados, empleadores y público en
general, respecto a materias de alcance previsional;
Que mediante la comunicación de Vistos, AFP UNION
ha cumplido can solicitar a
eaa
Superintendencia, de
acuerdo a lo establecido en la Resolución
W
400-95-EF/
SAFP, autorización para la
instalaci6n
de un (1) Puesto
Móvil en la ciudad de Arequipa del 22 al 26 de setiembre
de 1997, con ocasi6n de la Exposición Tecnológica Minera
EXTEMIN 1997;
Que, corresponde a esta Superintendencia autorizar
la instalación del referido Puesto Móvil, el cual deberá
inostrar en lugar visible el distintivo “Puesto Móvil AFP
-
Resolución
N”
346-97-EF/SAFP”;
Que, mediante Resolución
No
34497-EFBAFP
de fe-
cha 19 de setiembre de 1997, se ha encargado la atención
del despacho de la Superintendencia
aI
selior
Enrique
Diaz
Ortega, Superintendente Adjunto, a partir del 21 de
setiembre y en tanto dure la ausencia de su titular, señor
Augusto Mouchard Ramírez;
Estando alo dispuesto por el Texto
Unico
Ordenado de
la Ley del Sistema Privado de Administracibn de Fondos
de Pensiones aprobado por Decreto Supremo
W
054-97-
EF, el Reglamento del Decreto Ley
No
25897 aprobado por
Decreto Supremo
N”
206-92-EF,
el Decreto Supremo
N”
220-92-EF y la Resolución
No
400-95-EF/SAFP;
SE RESUELVE:
Artículo
lo.-
Autorizar a AFP
UNION
la instalación
del Puesto
Móvil
UN-PMOOl.
Artículo
20.-
Inscribase
la presente resolución en el
Registro de Puestos Móviles que lleva esta Superin-
tendencia.
Artículo 3”.- La presente resolución entrará en vigen-
cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oticial
El Peruano.
Regístrese, notifíquese y publíquese.
ENRIQUE DIAZ ORTEGA
Superintendente de Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones
(e)
10610
Autorizan uso de padrón electoral
para consulta popular sobre revoca-
ción de mandato de diversos alcal-
des y regidores
RESOLUCION
No
87%97-JNE
Lima, 23 de setiembre de 1997
Vista, la Carta
N”
256-97-JEF/IDENTIDAD
recibida
el 17 de setiembre del presente
afro,
del Jefe del Registro
Nacional de
Identificacibn
y Estado Civil, remitiendo la
información del Padrón Electoral correspondiente a las
circunscripciones electorales donde se llevará a cabo la
consulta popular para la revocaci6n del mandato conferi-
do por votación a alcaldes y regidores de algunos concejos
municipales de la República, dispuesto por Resolución
N”
7%97-JNE
de fecha 19 de agosto de 1997, a realizarse el
dia 26 de octubre próximo;
CONSIDERANDO:
Que, el Jurado Nacional de Elecciones tiene a su cargo
la fiscalización de la legalidad de la realización de consul-
tas populares y de la elaboración de los padrones electo-
rales, luego de su actualización y depuración final previa
3.
cada proceso electoral, de conformidad con lo dispuesto
Fr
el Articulo
5”
incisos
c)
y
d)
de su Ley
Org&nica
N”
26486 y Articulo
3”
de la Ley
No
26533;
Que, cumplida su labor de fiscalización corresponde a
iste
Supremo Tribunal Electoral aprobar y autorizar
Sara
cada proceso electoral el uso del Padrón Electoral
elaborado
por el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, dentro de los cinco dias naturales contados
ì
partir de la fecha de recepción del mismo, conforme lo
establece
el inciso
v)
del Artfculo 5” de la Ley
OrgBnica
W
26486; y numeral 3) del inciso
d)
del Articulo 3” de la Ley
IJ”
26533;
Que, mediante informe, la Oficina de Fiscalizacibn de
4suntos
Electorales e
InformBtica
del Jurado Nacional de
Elecciones, ha dado su conformidad al documento de
tiste;
Que, el Padrón Electoral en mención debe ser remitido
3
la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en aplica-
:i6n
de lo dispuesto por el inciso
k)
del Articulo 5”de la Ley
3rgánica
W
26487;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes
Org&
licas
Nos.
26436,26437
y Ley
N”
26533;
SE RESUELVE!:
Artículo Primero.- Autorizar el uso del
Ptidrón
Elec-
;oral
elaborado por el Registro Nacional de Identificación
y
Estado Civil para la consulta popular del 26 de octubre
ie 1997, para la
revocacibn
de mandato conferido por
rotación a alcaldes y regidores de diversos concejos muni-
:ipales
de la República, convocada por Resolución
W
755-
+7-JNE.
Artículo Segundo.-
Remitir copia de la cinta magné-
Jca que contiene la información a que se refiere el docu-
nento reseñado en el articulo anterior, a la Oficina
Nacio-
la1
de Procesos Electorales, de conformidad con el inciso
z)
del Articulo
!Y,
Ley OrgBnica
W
26487.
Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jefe
iel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el
sontenido
de la presente
resolucibn.
Regístrese y comuniquese.
SS. CHOCAN0 MARINA;
CATACORA
GONZALES; HERNANDEZ CANELO;
DE VALDIVIA CANO;
Secretario General, TRUJILLANO
10663
Declaran que regidor del Concejo
Provincial de Rioja debe continuar en
el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION
No
880.97-JNE
Lima, 23 de setiembre de 1997
VISTO:
El Oficio
N”
451
A/MPR!
recibido con fecha 26 de
agosto del presente
afro,
remltido
por el
sefior
No6
Her-
nbndez Izquierdo, Alcalde del Concejo Provincial de Rio-
ja, quien informa que en
sesi6n
extraordinaria de Concejo
de fecha 29 de mayo de 1997, el regidor
R6ger
Alarcón
Cortegana!
fue suspendido de su cargo por 30 días por
haber vertido declaraciones agraviantes y ofensivas con-
tra la honorabilidad del Concejo Provincial de Rioja, en un
programa radial.
CONSIDERANDO:
Que, el recurrente ha adjuntado a
su
comunicación:
copia certificada del Reglamento Interno del Concejo
Provincial de Rioja (fojas ll), copia certificada del acta de
sesión extraordinaria de fecha 29 de mayo de 1997 (fojas
22),
y una copia de la Resolución de Alcaldia
N”
115-97-
A.MPR de fecha 10 de junio de 1997 (Ver folio
No
27);

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