1070 106-2005-PCM - Disponen la publicación del Reglamento del Padrón Nacional de Organizaciones de Afectados por la violencia política

Fecha de disposición04 Abril 2005
Fecha de publicación04 Abril 2005
SUMARIO
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 4 de abril de 2005 AÑO XXII - Nº 9057 Pág. 290147
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
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DIARIO OFICIAL
Director:
GERARDO BARRAZA SOTO
http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA INTEGRACIÓN"
PODER EJECUTIVO
PCM
R.M. Nº 106-2005-PCM.- Disponen la publicación del
Reglamento del Padrón Nacional de Organizaciones de
Afectados por la violencia política 290148
MINCETUR
R.M. Nº 112-2005-MINCETUR/DM.- Constituyen Equi-
po de Implementación para la ejecución del "Proyecto
Reordenamiento y Rehabilitación del Valle del Vilcanota"
290150
ENERGÍA Y MINAS
R.M. Nº 123-2005-MEM/DM.- Designan representante
del Ministerio en el Directorio de la Autoridad Autónoma
de la Cuenca Hidrográfica Santa 290151
R.M. Nº 125-2005-MEM/DM.- Autorizan a procurador
iniciar acciones para que empresa contratista cumpla con
el pago de monto adeudado a la Dirección Ejecutiva de
Proyectos 290151
R.M. Nº 126-2005-MEM/DM.- Autorizan a procurador
iniciar acciones legales contra magistrado de juzgado civil
que dispuso el embargo de depósitos de la Dirección
Ejecutiva de Proyectos 290152
R.M. Nº 127-2005-MEM/DM.- Restituyen vigencia de la
Norma DGE 011-CE-1 "Conexiones para Suministros de
Energía Eléctrica hasta 10 kW" 290152
R.M. Nº 129-2005-MEM/DM.- Lista de bienes y servicios
cuya adquisición facultará la devolución definitiva del IGV,
IPM u otro impuesto que se le traslade a empresa o pague
respecto al contrato de licencia del Lote 31-E 290153
PRODUCE
R.M. Nº 085-2005-PRODUCE.- Aprueban Cuadros de
Factores y de Valores de los recursos marinos y continenta-
les a ser utilizados para el cálculo de multas a imponerse
durante el año 2005 290156
VIVIENDA
R.VM. Nº 002-2005-VIVIENDA/VMCS.- Constituyen Co-
misión Revisora del Reglamento de la Ley General de Ser-
vicios de Saneamiento 290159
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
J N E
Res. Nº 063-2005-JNE.- Convocan a candidata no pro-
clamada para que asuma cargo de Regidora del Concejo
Distrital de Huepetuhe, provincia de Manu 290160
Res. Nº 064-2005-JNE.- Declaran que Regidora del Con-
cejo Distrital de Lachaqui continúa en ejercicio del cargo
290160
Res. Nº 065-2005-JNE.- Convocan a candidata no pro-
clamada para que asuma cargo de Regidora del Concejo
Distrital de Sorochuco, provincia de Celendín 290161
Res. Nº 066-2005-JNE.- Confirman Acuerdos referentes
a solicitud de vacancia del cargo de Alcalde del Concejo
Distrital de Cayma, provincia de Arequipa 290161
Res. Nº 067-2005-JNE.- Convocan a candidato no pro-
clamado para que asuma cargo de Regidor del Concejo
Provincial de Bagua, departamento de Amazonas290162
Res. Nº 068-2005-JNE.- Declaran que Regidor del Con-
cejo Distrital de Las Piedras continuará en ejercicio del
cargo 290163
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 419-2005-JEF/RENIEC.- Autorizan a la Oficina
de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de
Singa la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimien-
to, Matrimonio y Defunción 290163
RR.JJ. Nºs. 422, 423, 424 y 425-2005-JEF/RENIEC.-
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra pre-
suntos responsables de la comisión de delitos contra la fe
pública y la familia 290164
S B S
Res. SBS Nº 534-2005.- Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro del Sistema de Seguros 290166
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Res. Nº 024-2005-EF/94.45.- Disponen excluir valores
del Segundo Programa de Certificados de Depósitos Ne-
gociables de Financiera CMR - Cuarta Emisión, del Regis-
tro Público del Mercado de Valores 290166
OSITRAN
Res. Nº 020-2005-CD-OSITRAN.- Declaran infundada
impugnación contra resolución que declaró improcedente
solicitud de Lima Airport Partners S.R.L. relativa a la fijación
de tarifa para servicio de buses en el Aeropuerto Interna-
cional "Jorge Chávez" 290167
SUNARP
Res. Nº 018-2005-SUNARP/SA.- Disponen identificar cri-
terios reiterados existentes en Salas del Tribunal Registral
que no constituyen precedentes de observancia obligatoria
y los criterios contradictorios para que sean evaluados
290173
Pág. 290148
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 4 de abril de 2005
PODER EJECUTIVO
PCM
Disponen la publicación del Reglamento
del Padrón Nacional de Organizaciones
de Afectados por la violencia política
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 106-2005-PCM
Lima, 2 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Ministe-
rial N° 325-2004-PCM se creó el “Padrón Nacional de
Organizaciones de Afectados por la violencia política”;
Que, la Primera Disposición Final y Complementaria de la
Resolución Ministerial N° 325-2004-PCM estableció que la
Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimien-
to de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la
paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional, con-
formada por el Decreto Supremo N° 011-2004-PCM, a pro-
puesta de su Secretaría Ejecutiva, aprobaría el Reglamento
para la puesta en funcionamiento del mencionado Padrón;
Que, mediante Acuerdo N° 4 de la Cuadragésima
Sétima Sesión de la precitada Comisión Multisectorial de
Alto Nivel, se aprobó el Reglamento del Padrón Nacional
de Organizaciones de Afectados por la violencia políti-
ca, por lo que es pertinente disponer su publicación;
De conformidad con el Decreto Supremo N° 018-97-
PCM y el Decreto Supremo N° 067-2003-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Disponer la publicación del “Regla-
mento del Padrón Nacional de Organizaciones de Afec-
tados por la violencia política creado mediante la Reso-
lución Ministerial N° 325-2004-PCM”, aprobado por la
Comisión Multisectorial de Alto Nivel conformada por el
Decreto Supremo N° 011-2004-PCM.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
REGLAMENTO DEL PADRÓN NACIONAL DE
ORGANIZACIONES DE AFECTADOS POR LA
VIOLENCIA POLÍTICA CREADO MEDIANTE LA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2004-PCM
Artículo 1°.- De los fines y alcances del Regla-
mento
El presente Reglamento tiene por finalidad definir y/o
regular los diversos aspectos referidos al diseño, orga-
nización, operación, y actualización del Padrón Nacional
de Organizaciones de Afectados por la violencia política
creado mediante Resolución Ministerial N° 325-2004-
PCM, en adelante el “Padrón”, así como los procedi-
mientos para la suscripción de los Convenios a que haya
lugar para facilitar el trabajo descentralizado de promo-
ción, levantamiento y actualización de información.
Artículo 2°.- De los órganos vinculados a la ad-
ministración del Padrón y el proceso de empadro-
namiento, y de sus funciones y competencias para
tales fines
2.1. De acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la
Resolución Ministerial N° 325-2004-PCM, compete a la
Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN) constituida
en virtud al Decreto Supremo N° 011-2004-PCM, a tra-
vés de su Secretaría Ejecutiva, la administración del
Padrón y del proceso de empadronamiento.
2.2. De acuerdo a lo establecido en la Segunda Dis-
posición Final y Complementaria de la Resolución Minis-
terial N° 325-2004-PCM, la CMAN podrá coordinar con
los Gobiernos Regionales, Locales, la Defensoría del
Pueblo, la Mesa de Concertación para la Lucha contra la
Pobreza, y otras organizaciones e instituciones públicas
o privadas que así lo estime conveniente, las acciones
para informar, promover y/o facilitar, el empadronamien-
to de las organizaciones, así como para la capacitación
de sus representantes que lo requieran.
2.3. Corresponde a la CMAN en materia de adminis-
tración del Padrón y del proceso de empadronamiento:
a) La aprobación, evaluación, revisión y actualiza-
ción del diseño, de la metodología, del Plan de Trabajo,
de los procedimientos y de los instrumentos de recojo y
organización de información necesarios para el adecua-
do funcionamiento del Padrón.
b) Proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros
(PCM) la ejecución de las campañas de información y difu-
sión sobre los alcances y objetivos del Padrón así como de
los procedimientos conducentes al empadronamiento de
las organizaciones que así lo estimen conveniente.
c) Proponer a la PCM la suscripción de los conve-
nios con los Gobiernos Regionales, Locales, Mesa de
Concertación Para la Lucha Contra la Pobreza, Defen-
soría del Pueblo y otras instituciones públicas o priva-
das interesadas en aliarse con la CMAN para apoyar en
la difusión, capacitación, promoción del empadronamien-
to y/o actualización de información de las organizacio-
nes ya empadronadas.
2.4. Corresponde a la Secretaría Ejecutiva de la
CMAN, en materia de administración del Padrón y del
proceso de empadronamiento:
a) La elaboración, revisión periódica y formulación
de propuestas de actualización del diseño, metodología,
Plan de Trabajo, procedimientos, instrumentos de recojo
y organización de información, necesarios para el ade-
cuado funcionamiento del Padrón, los cuales serán pre-
sentados a la Comisión Multisectorial de Alto Nivel para
su aprobación y posterior aplicación.
SUNAT
Res. Nº 072-2005/SUNAT.- Prorrogan para los deudores
tributarios cuyo último dígito del RUC sea (0) la fecha de
vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la
Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del
ejercicio gravable 2004 290173
SUPERINTENDENCIA
DE BIENES NACIONALES
RR. Nºs. 045, 048, 049, 056 y 059-2005/SBN-GO-JAR.-
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Esta-
do de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de
Lima e Ica 290174
Res. Nº 050-2005/SBN-GO-JAR.- Disponen primera ins-
cripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado
en el departamento de Tacna 290177
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE ANCASH
Ordenanza Nº 001-2005-REGIÓN ANCASH/CR.- Aprue-
ban el Programa de Identificación de embarcaciones pesque-
ras industriales que realizan actividades extractivas en el
litoral de la Región Ancash 290178
Ordenanza Nº 003-2005-REGIÓN ANCASH/CR.- Dis-
ponen iniciar el proceso del Presupuesto Participativo para
el Ejercicio Fiscal 2006 y aprueban cronograma de activi-
dades 290179
Ordenanza Nº 004-2005-REGIÓN ANCASH/CR.- Aprue-
ban Reglamento para la Elección de Representantes de las
Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de
Coordinación Regional 290179
Pág. 290149
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 4 de abril de 2005
b) Mantener actualizado el Padrón, así como los
archivos y soportes documentales presentados por cada
una de las organizaciones inscritas.
c) Informar de manera periódica a la CMAN el estado
del Padrón, de las solicitudes recibidas, y del avance del
empadronamiento.
d) Prepublicar las solicitudes recibidas y la informa-
ción que las acompañan.
e) Inscribir a las Organizaciones que hayan solicita-
do su inscripción y cumplido con los requisitos estable-
cidos para tal fin, o desestimar dichas solicitudes por no
cumplir con los requisitos exigidos o existir observacio-
nes no subsanadas.
f) Pronunciarse sobre las observaciones que pue-
dan haber sido presentadas por terceros, frente a cual-
quier organización que se encuentre tramitando su ins-
cripción.
g) Proponer a la CMAN las campañas de información
y difusión sobre los alcances y objetivos del Padrón así
como sobre los procedimientos conducentes al empa-
dronamiento de las organizaciones que así lo estimen
conveniente, para su presentación ante la PCM.
h) Hacer las coordinaciones y de ser el caso, propo-
ner a la CMAN, la suscripción, por parte de la PCM, de
los convenios necesarios con los Gobiernos Regiona-
les, Locales, Mesa de Concertación Para la Lucha Con-
tra la Pobreza, Defensoría del Pueblo y otras institucio-
nes públicas o privadas interesadas en apoyar en la
difusión, capacitación, promoción del empadronamiento
y/o actualización de información de las organizaciones
ya empadronadas.
i) Realizar las coordinaciones, apoyar y hacer el se-
guimiento de las actividades que se deriven de los con-
venios que sean suscritos por la PCM con instituciones
aliadas e informar a la CMAN sobre la marcha de éstas.
j) Mantener una relación fluida con las organizacio-
nes empadronadas.
k) Brindar los servicios de información y/o capacita-
ción que le sean requeridos tanto por las organizaciones
interesadas en empadronarse como aquellas institucio-
nes aliadas interesadas en promover el padrón y el em-
padronamiento de organizaciones.
l) Otras que la CMAN le encargue.
2.5.1. En los convenios que suscriba la PCM con las
instituciones aliadas, se definirán los compromisos que
asumen éstas y las acciones y funciones que cumplirán
la CMAN y su Secretaría Ejecutiva. El convenio define
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE
RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros
organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán
tener en cuenta lo siguiente:
1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m.
a 5.00 p.m. de lunes a viernes.
2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de
su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la
tarifa correspondiente según sea el caso.
3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico:
jurisprudencia@editoraperu.com.pe.
4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión
electrónica.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
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las condiciones y plazos para el desempeño de los com-
promisos y actividades.
2.5.2. El empadronamiento es un acto de administra-
ción interna de la Secretaría Ejecutiva que únicamente
permite organizar en forma eficiente la administración
del Padrón, de conformidad a lo dispuesto por el numeral
1.2.1 del artículo 1° de la Ley de Procedimiento Adminis-
trativo General – Ley N° 27444. El empadronamiento no
genera derechos subjetivos o expectaticios a favor de
las organizaciones y/o asociaciones de organizaciones
de afectados por la violencia política inscritas en el Pa-
drón.
Artículo 3°.- Del Padrón de Organizaciones de
Afectados por la violencia política
3.1. El Padrón, es una Base de Datos de carácter
permanente y abierto, en el que se registra y archiva el
conjunto de la información básica relevante sobre cada
organización que a su solicitud y de conformidad con lo
establecido en la Resolución Ministerial N° 325-2004-
PCM y el presente Reglamento, tramite su inscripción
en el mismo.
3.2. El Padrón consta de un expediente por cada
organización inscrita y una ficha electrónica de registro
adscrita a una base de datos, consultable por vía elec-
trónica, donde se asienta la información más actualiza-
da que haya proporcionado la organización y se deja
registro de los cambios más relevantes informados por
la misma.
3.3. Los expedientes y las respectivas fichas elec-
trónicas están organizadas en dos secciones referidas,
la primera, a las Asociaciones de organizaciones, y la
segunda, a las Organizaciones de afectados por la vio-
lencia política, según las definiciones establecidas en el
artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 325-2004-PCM.
3.4. A su vez, la sección de Organizaciones de afec-
tos por la violencia política estará organizada en dos
capítulos:
a) El primero, correspondiente a las organizaciones
civiles sin fines de lucro constituidas de acuerdo a las
normas del Código Civil vigente, inscritas o no inscritas,
que tengan dentro de sus fines la defensa y promoción
de las personas afectadas de forma individual y/o colec-
tiva, y cuyos miembros o asociados sean personas que
fueron afectadas por la violencia política vivida por nues-
tro país entre mayo de 1980 y noviembre de 2000.

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