14 057-DE/MGP - Autorizan a la Marina de Guerra otorgar temporalmente mediante cesión en uso área de terreno eriazo ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del Santa.

Fecha de publicación07 Mayo 2002
Fecha de disposición07 Mayo 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 7 de mayo de 2002
DEFENSA
Autorizan a la Marina de Guerra otor-
gar temporalmente mediante cesión en
uso área de terreno eriazo ubicado en
el distrito de Chimbote, provincia del
Santa
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 057-DE/MGP
Lima, 6 de mayo de 2002
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 046-85-VC-5600 de
fecha 23 abril 1985, se afectó a favor del Ministerio de
Marina para fines de Defensa Nacional, el uso del terre-
no eriazo de 1,034.70 Has., ubicado frente a la Bahía de
Chimbote, distrito de Chimbote, provincia del Santa,
departamento de Ancash; cuyos linderos y medidas peri-
métricas se encuentran inscritas en el Tomo 148, fojas
205, asiento 01 del Registro de la Propiedad Inmueble
de la Oficina Registral Regional - Región Chavín;
Que, la empresa SEDACHIMBOTE S.A. mediante Ofi-
cio GEGE Nº 495-2001 de fecha 12 noviembre 2001, soli-
citó a la Marina de Guerra del Perú la suscripción de un
Convenio Interinstitucional de Cesión en Uso del área de
terreno eriazo de 472,801.34 m2, con actual ocupación y
posesión de las lagunas de oxidación "Las Gaviotas", el
mismo que forma parte del lote matriz de 1,034.70 Has.;
Que la petición del área tiene por finalidad regularizar
la posesión de las instalaciones existentes de la Planta
de Tratamiento de Aguas Residuales lagunas de oxida-
ción "Las Gaviotas";
Que, el Artículo 27º del Reglamento de Administra-
ción de la Propiedad Inmobiliaria del Sector Defensa
aprobado por Decreto Supremo Nº 032-DE/SG de fecha
13 junio 2001, establece que los terrenos reservados para
fines de Defensa Nacional, podrán ser otorgados tempo-
ralmente a favor de particulares en usufructo u otra mo-
dalidad, mediante Resolución Suprema refrendada por
el Ministro de Defensa cuando sean requeridos para pro-
yectos que contribuyan al desarrollo nacional;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8)
con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del
Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú,
a otorgar temporalmente mediante Cesión en Uso un área
de terreno eriazo de 472,801.34 m2, que forma parte del
lote matriz de 1,034.70 Has., afectado en uso para fines
de Defensa Nacional a favor del Ministerio de Defensa -
Marina de Guerra del Perú, ubicado en el distrito de Chim-
bote, provincia del Santa, departamento de Ancash, se-
gún Resolución Suprema Nº 046-85-VC.560 de fecha 23
abril 1985, inscrito en el Tomo 148, fojas 205, asiento 01
del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Re-
gistral Región Chavín.
Artículo 2º.- La Marina de Guerra del Perú suscribirá en
representación del Estado Peruano, el Convenio Interinsti-
tucional de Cesión en Uso con la Empresa SEDACHIMBO-
TE S.A., observando los aspectos de seguridad que ameri-
te la condición de Reservado para fines de Defensa Nacio-
nal, así como las características y condiciones que favorez-
can la conservación y desarrollo del inmueble requerido.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el señor Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
AURELIO LORET DE MOLA BÖHME
Ministro de Defensa
8204
Autorizan al Jefe del Servicio de
Ingeniería del Ejército a gestionar el
saneamiento físico legal de los Progra-
mas de Vivienda "Palomares", "San Ber-
nardo", "Parque el Carmen", "Lima" y
"San Gregorio"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 456-DE/EP
Lima, 15 de marzo de 2002
Visto los antecedentes relacionados con el
Saneamiento Legal de cinco (5) Programas de Viviendas
para el personal militar, con el objeto de regularizar su
transferencia;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Ley Nº 21316 del 25.Nov.75,
se autorizó al entonces MINISTERIO DE GUERRA, para
que sin el requisito de subasta pública, pudiera adjudicar
casas a su Personal Auxiliar; por el sistema de Alquiler-
Venta, disponiendo además entre otros, el trámite de ins-
cripción en los Registros Públicos las obras de Habili-
tación Urbana, la Declaración de Fábrica y que dicha venta
se efectuaría con arreglo a las disposiciones del D.L. Nº
19330;
Que, el entonces Ministerio de Guerra, en aplicación
de la referida Ley, otorgó en alquiler-venta casas a favor
del Personal Militar en los Programas siguientes:
URBANIZACIÓN DISTRITO Nº de CASAS
1. Urb. Palomares Rímac 352
2. Urb. San Bernardo Pueblo Libre 16
3. Urb. Parque el Carmen Pueblo Libre 16
4. Urb. Lima Surquillo 8
5. Urb. San Gregorio Breña 8
--------------
TOTAL: 400
Que, los adquirentes de las viviendas han cancelado
su precio y con justo derecho vienen reclamando se les
otorgue el título de propiedad, previo Saneamiento Legal
correspondiente;
Que, la Ley Nº 27493 del 29.Jun.2001, hace extensi-
va la Ley Nº 26512 a todos los Organismos e institucio-
nes del Sector Público, referido al Saneamiento Físico-
Legal de Bienes Inmuebles. Asimismo, el Art. 25º del D.S.
Nº 032-DE/SG del 13 de junio del 2001, Reglamento de
Administración de la Propiedad Inmobiliaria del Sector
DEFENSA, faculta previa justificación por el titular de la
afectación, variar el uso, cuyo acto será aprobado por
Resolución Ministerial;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Jefe
del Servicio de Ingeniería del Ejército, para que en nom-
bre y representación del MINISTERIO DE DEFENSA -
EJÉRCITO, en coordinación con otros organismos del
Estado, gestione el Saneamiento Físico-Legal de los Pro-
gramas de Vivienda mencionados, ante la Oficina Regis-
tral de Lima y Callao e inscriba los documentos de trans-
ferencia de dominio a favor de los adjudicatarios;
Que, de conformidad con las disposiciones conteni-
das en el D.L. Nº 21316, Ley Nº 27493 y D.S. Nº 032-DE/
SG del 13.Jun.2001. Estando a lo recomendado por el
SERVICIO DE INGENIERÍA DEL EJÉRCITO, a la opi-
nión favorable del COMANDO LOGÍSTICO DEL EJÉR-
CITO y a lo dictaminado por la Oficina de Asuntos Jurídi-
cos del Ejército;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Jefe del Servicio de In-
geniería del Ejército, para que en nombre y represen-
tación del MINISTERIO DE DEFENSA - EJÉRCITO, en
coordinación con otros organismos del Estado, gestione
ante la Oficina Registral de Lima y Callao y/o Registro
Predial Urbano, el Saneamiento Físico-Legal de los Pro-
gramas de Vivienda denominados "PALOMARES", "SAN
BERNARDO", "PARQUE EL CARMEN", "LIMA" y "SAN

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