08 014-2006-MDP/C - Otorgan Beneficio de Amnistía Tributaria en el distrito

Fecha de disposición19 Septiembre 2006
Fecha de publicación19 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
martes 19 de setiembre de 2006 328457
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
MUNICIPALIDAD
DE PACHACÁMAC
Otorgan Beneficio de Amnistía
Tributaria en el distrito
ORDENANZA Nº 0014-2006-MDP/C
Pachacámac, 14 de setiembre del 2006
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PACHACÁMAC
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de 14 de
setiembre del 2006, convocado y presidido por la
Sra. Alcaldesa Carola Clemente Vda. De Poblet, sobre
Beneficio de Regularización Tributaria, para los
contribuyentes del distrito; y,
CONSIDERANDO:
Estado, consagra el concepto de autonomía municipal
Garantía como Constitucional sobre la base de la cual
las Municipalidades tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la norma IV del Título Preliminar del Código
Tributario, previene que los Gobiernos Locales mediante
Ordenanza pueden crear, modificar o derogar arbitrios,
derechos y licencias, asimismo el artículo 41º del mismo
dispositivo, señala que excepcionalmente podrán
condonar con carácter general el interés moratorio y las
sanciones respecto a los tributos que administra;
Que, es objetivo de la actual gestión municipal otorgar
a los contribuyentes del distrito de Pachacámac, las
mayores facilidades para regularizar el cumplimiento de
sus obligaciones tributarias;
Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo
20º inciso 6) y Artículo 9º inciso 9) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, en Sesión de Concejo de
fecha 14 de setiembre del 2006, con el voto por
UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa
de trámite de Aprobación del Acta, se adoptó lo siguiente.
ORDENANZA
Artículo Primero.- OTORGAR mediante la presente
Ordenanza el Beneficio de AMNISTÍA TRIBUTARIA para
el distrito de Pachacámac.
Artículo Segundo.- CONDONAR las moras e
intereses moratorios correspondientes al Impuesto
Predial y Arbitrios municipales hasta el ejercicio fiscal
Año 2005 además de los Períodos del 2006, a favor de
las personas que en su calidad de contribuyente,
posesionarios o responsable solidarios, tengan
pendientes de cumplimiento obligaciones tributarias.
Artículo Tercero.- COMPRÉNDASE dentro de este
beneficio se encuentran comprendidos los expedientes
coactivos que no hayan sido materia de alguna medida
cautelar además de los Fraccionamientos que han sido
materia de Pérdida, de acogerse al presente beneficio
CONDÓNESE las costas y Gastos Administrativos que
han devengado el inicio del Procedimiento Coactivo.
Artículo Cuarto.- Se encuentran comprendidos
dentro de esta Ordenanza los contribuyentes que han
sido materia de Proceso de fiscalización y sobre los
cuales hayan recaído las respectivas Multas Tributarias
por la Omisión a la Declaración Jurada.
Artículo Quinto.- El plazo para acogerse al Beneficio
de la AMNISTÍA Tributaria se inicia desde la publicación
de la presente ordenanza y culmina el 31 de diciembre
del 2006.
Artículo Sexto.- Para una mayor DIFUSIÓN del
presente Beneficio se iniciará una Campaña con personal
de la Entidad; la misma que asistirá a los sectores
correspondientes en el horario de 1800 a 2000 horas.
Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia de
Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET
Alcaldesa
02205-1
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 135-MVES, que establece beneficio
de regularización tributaria a favor de
contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 140-MVES
Villa El Salvador, 15 de setiembre de 2006
Visto: El Informe Nº 045-2006-GAT/MVES, de fecha
23.8.2006, presentado por el Gerente de Administración
Tributaria.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú establece que
las Municipalidades son instituciones con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal
la función normativa, la que se ejerce a través de
Ordenanzas;
Que, las Municipalidades promueven el desarrollo y
la economía local y la prestación de los servicios públicos
en armonía con las políticas existentes, siendo
competentes para crear, modificar y suprimir
contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos
municipales, conforme a ley;
Que, mediante el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal
Nº 135-MVES, se estableció prorrogar hasta el 31 de
agosto del 2006, el plazo para el pago sin intereses de la
1ra. y 2da. Cuota del Impuesto Predial 2006, así como de
la 1ra. hasta la 7ma. cuota mensual de los arbitrios 2006,
en el distrito de Villa El Salvador; y en el Artículo 2º de
dicha Ordenanza también se aprobó el Beneficio de
Regularización Tributaria 2006, mediante la reducción
de intereses aplicadas a todas aquellas deudas
contraídas hasta el 31 de diciembre del año 2005,
beneficio tributario que tiene como fecha de vencimiento
el 31 de agosto del 2006; y asimismo mediante el Artículo
3º de la norma legal mencionada, entre otros, se
suspendió el cobro de intereses y la actualización de los
montos adeudados por arbitrios adeudados a la
Municipalidad, hasta el 31 de agosto del 2006;
Que, mediante los Artículos 7º y 8º de la Ordenanza
Nº 134-MVES se autorizó la Declaración Jurada Masiva
de Datos para actualizar la información relativa al
impuesto predial, los cuales tienen como fecha de
vigencia 60 días calendario a partir de su publicación en
el Diario Oficial El Peruano, es decir hasta el 21 de agosto
del 2006;
Que, mediante Documentos Administrativos
Nºs. 5863, 5864 y 5865, el Frente de Defensa de los
Pueblos Unidos, el Asentamiento Humano Valle de Jesús
y el Asentamiento Humano Ida Lossio y, solicitan la
ampliación por 30 días de los Artículos 7º, 8º y 9º de la
Ordenanza Nº 134-MVES;
Que, mediante Informe Nº 927-2006-MVES/GDESUR,
de fecha 22.8.2006, la Gerencia de Desarrollo Urbano,
solicita la ampliación por 120 días del Artículo 7º de la
Ordenanza Municipal Nº 134-MVES con la finalidad de
dar una mejor ayuda y facilidades a la población del
distrito;
Que, mediante Informe Nº 045-2006-GAT/MVES del
23.8.2006, la Gerencia de Administración Tributaria, hace
de conocimiento que pese al beneficio y facilidades
aprobadas, existe un alto índice de deudores tributarios,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR