RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 621-2015-MTC/03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Otorgan autorizaciones a personas naturales y jurídica para prestar servicios de radiodifusión en localidades de los departamentos de Cusco, Puno, Huancavelica, Cajamarca, Junín, Piura y Apurímac

Fecha de disposición26 Octubre 2015
Fecha de publicación16 Noviembre 2015
SecciónSección Única

Lima, 26 de octubre de 2015

VISTO, el Expediente Nº 2014-049584, presentado por el señor ANTENOR RIMACHE LLANOS, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Sorochuco - Huasmin, departamento de Cajamarca;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para...

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