Aprueban transferencia de concesión otorgada a empresa para desarrollar activida- des de transmisión de energía eléctrica*

Fecha de disposición24 Junio 1997
Fecha de publicación24 Junio 1997
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, martes 24 de junio de 1997 AÑO XV - Nº 6205 Pág. 150253
"A
ÑO
DE
LA
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EFORESTACIÓN
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ILLONES
DE
A
RBOLES
"
CONGRESO DE LA
REPUBLICA
Amplían plazo para el proceso de
reorganización de la Universidad Na-
cional Hermilio Valdizán de Huánuco
LEY Nº 26816
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1º.-
Amplíase por dos años el plazo para el
proceso de Reorganización de la Universidad Nacional
Hermilio Valdizán de Huánuco a que se refiere la Ley Nº
26493, en los términos y condiciones señaladas en la Ley
Nº 26457.
Artículo 2º.-
Prorróguese asimismo, la obligación
prescrita en el Artículo 2º de la Ley Nº 26638, a efecto que
se realice durante el período de ampliación del Proceso de
Reorganización que señala el artículo anterior.
Artículo 3º.-
La presente Ley entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación.
DISPOSICION FINAL
Deróganse o modifícanse las disposiciones que se opon-
gan a la presente Ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República
para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de mil
novecientos noventa y siete.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés
días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la
República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
7106
Modifican la Ley Nº 26734, del Orga-
nismo Supervisor de la Inversión de
Energía
LEY Nº 26817
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo Unico.-
Modifíquese la Décimo Primera
Disposición Complementaria de la Ley Nº 26734, Ley del
Organismo Supervisor de la Inversión de Energía, en la
parte que se refiere el inciso g) del Artículo 6º de la Ley Nº
26221 - Ley Orgánica de Hidrocarburos - de acuerdo al
texto siguiente:
"Artículo 6º.- Inciso g):
Entregar al Tesoro Público en el día útil siguiente a
aquél en que se perciban, los ingresos como consecuencia
de los Contratos, deduciendo:
1. Los montos que deba pagar a los Contratistas, así
como los montos que deba pagar por los Contratos y por la
aplicación de los incisos d), e) y f) del presente artículo.
2. El monto de los costos operativos que le correspon-
den conforme al presupuesto aprobado por el Ministerio
de Energía y Minas. Este monto no será mayor al uno
punto cincuenta por ciento (1.50%) y se calculará sobre la
base del monto de las regalías y de su participación en los
contratos.
3. El monto por el aporte al sostenimiento de OSI-
NERG. Este monto no será superior al cero punto setenta
y cinco por ciento (0.75%) y se calculará sobre la base del
monto de las regalías y de su participación en los contra-
tos.4. El monto por el aporte al sostenimiento del Ministe-
rio de Energía y Minas, en tanto órgano normativo. Este
monto no será superior al cero punto setenticinco por
ciento (0.75%) y se calculará sobre la base del monto de las
regalías y de su participación en los contratos.
5. El monto por los tributos que deba pagar."
Comuníquese al señor Presidente de la República
para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de mil
novecientos noventa y siete.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés
días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.
Pág. 150254
NORMAS LEGALES
Lima, martes 24 de junio de 1997
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Energía y Minas
7107
Prorrogan período de vigencia de la
Comisión de Disolución y Liquidación
del Proyecto Especial Parque Indus-
trial del Cono Sur de Lima
LEY Nº 26818
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1º.-
Prorrógase en noventa (90) días calenda-
rio el período de vigencia de la Comisión de Disolución y
Liquidación del Proyecto Especial Parque Industrial del
Cono Sur de Lima, para cumplir las funciones señaladas
en la Ley Nº 26652.
Artículo 2º.-
Otórgase un plazo adicional de treinta
(30) días calendario computados a partir de la vigencia de
la presente Ley, a fin de que los pequeños y medianos
industriales ocupantes autorizados y no autorizados de
lotes ubicados en el Proyecto Especial Parque Industrial
Cono Sur de Lima, ejerzan la opción preferencial de
compra a que se refiere el Artículo 5º de la Ley Nº 26652.
Admítase a trámite las solicitudes presentadas ex-
temporáneamente entre el 11 de febrero de 1997 y la fecha
de entrada en vigencia de la presente Ley.
Artículo 3º.-
La Comisión de Disolución y Liquidación
del Proyecto Especial Parque Industrial del Cono Sur de
Lima, queda facultada a transferir en compraventa direc-
ta a los gremios o entidades representativas de los peque-
ños y medianos industriales de Villa El Salvador, los lotes
y edificaciones que estén actualmente ocupando, salvo
que éstos hayan sido adquiridos y/o construidos a través
de convenios de cooperación técnica internacional en cuyo
caso es de aplicación el Artículo 6º de la Ley Nº 26652.
Comuníquese al señor Presidente de la República
para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de mil
novecientos noventa y siete.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés
días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
7108
P C M
Autorizan viaje de funcionarios de
PROMCEPRI para que participen en
road show que se llevará a cabo en las
ciudades de Río de Janeiro y Buenos
Aires
RESOLUCION SUPREMA Nº 300-97-PCM
Lima, 23 de junio de 1997
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción de Concesiones Priva-
das - PROMCEPRI ha programado la participación de
este Organismo en el Road Show Perú que se llevará a
cabo en las ciudades de Río de Janeiro, Brasil y Buenos
Aires, Argentina, los días 26 y 27 de junio de 1997;
Que, resulta conveniente la participación del Ing.
Pedro Sánchez Gamarra y del Dr. Alejandro Alfageme
Rodríguez Larraín, Director Ejecutivo y Coordinador de
la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas -
PROMCEPRI, respectivamente, en el evento descrito en
el considerando precedente;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Autorizar el viaje del Ing. Pedro Sánchez
Gamarra, Director Ejecutivo de la Comisión de Promoción
de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, y del Dr. Alejan-
dro Alfageme Rodríguez Larraín, Coordinador de la Di-
rección Ejecutiva de la Comisión de Promoción de Conce-
siones Privadas - PROMCEPRI, del 25 al 28 de junio de
1997, a las ciudades de Río de Janeiro, Brasil y Buenos
Aires, Argentina, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.-
Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto
para 1997 de la Unidad Ejecutora 005 Comisión de Pro-
moción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI del Plie-
go 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al
detalle siguiente:
-Viáticos :US$ 2000.00
-Pasajes :US$ 3498.00
-Tarifa Corpac :US$ 50.00
Artículo 3º.-
La presente resolución no otorga derecho
a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros,
cualesquiera fuese su denominación o clase.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
7109
Autorizan viaje del Jefe del INEI para
que participe en seminario sobre se-
guridad de los sistemas informáticos,
a realizarse en Cuba
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 036-97-PCM
Lima, 20 de junio de 1997
Visto el Oficio Nº 323-97-INEI/J del Instituto Nacional
de Estadística e Informática - INEI;
CONSIDERANDO:
Que, el Seminario "Normativas para la Seguridad
Técnica de los Sistemas Informáticos para el Sector Públi-

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