ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION 015-2015-CD/OSIPTEL - Proyecto de ResoluciOn que establecerA los Cargos de InterconexiOn Tope por TerminaciOn de Llamadas en las Redes de los Servicios PUblicos MOviles. RESOLUCION 015-2015-CD/OSIPTEL

EmisorProyectos
Fecha de la disposición12 de Febrero de 2015
El Peruano
Jueves 12 de febrero de 2015 546623
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 028-2014,
publicada en el Diario Ocial El Peruano el 31 de
diciembre del 2014, se aprobó el régimen de benecios
para el vecino chalaco puntual “Callao Puntual”,
estableciéndose en el artículo 4° inciso a) un descuento
anual de hasta el 8% en el monto de Arbitrios Municipales,
si éstos son cancelados en su totalidad hasta el último
día hábil de enero o la prórroga que se determine para
cada ejercicio.
Que, la Tercera Disposición Final de la acotada
Ordenanza, faculta al Alcalde a dictar las disposiciones
complementarias, mediante Decreto de Alcaldía, para su
adecuada aplicación.
Que, se ha vericado que existe un número
considerable de contribuyentes con la intención de
acogerse a los benecios otorgados mediante la citada
Ordenanza Municipal; asimismo, mediante Informe N° 07-
2015-MPC/GGATR del 29 de enero de 2015 se requiere
la ampliación del benecio antes mencionado hasta el 27
de febrero del presente año.
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las
facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia del benecio señalado
en el artículo 4° inciso a) de la Ordenanza Municipal Nº 028-
2014 (descuento hasta el 8% en Arbitrios Municipales que se
cancelen totalmente), hasta el 27 de febrero de 2015.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia General de
Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia
de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el
presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de
Relaciones Públicas la difusión de sus alcances.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN SOTOMAYOR GARCIA
Alcalde
1199960-1
PROYECTO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION
PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Proyecto de Resolución que establecerá los Cargos de Interconexión Tope por
Terminación de Llamadas en las Redes de los Servicios Públicos Móviles
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 015-2015-CD/OSIPTEL
Lima, 10 de febrero de 2015.
EXPEDIENTE :N° 00003-2013-CD-GPRC/IX
MATERIA :
Establecimiento de Cargos de
Interconexión Tope por Termi-
nación de Llamada en Redes de
Servicios Móviles / Publicación
para comentarios
ADMINIS-
TRADOS :
Empresas concesionarias de los
servicios móviles de Telefonía
Móvil, Servicio de Comunicacio-
nes Personales (PCS) y Servicio
Móvil de Canales Múltiples de
Selección Automática (Troncal-
izado)
VISTOS:
(i) El Proyecto de Resolución presentado por la
Gerencia General, que tiene por objeto disponer que se
publique para comentarios el Proyecto de Resolución
que establecerá los Cargos de Interconexión Tope por
Terminación de Llamadas en las Redes de los Servicios
Públicos Móviles; y,
(ii) Los Informes 027-GPRC/2015 y N° 028-
GPRC/2015 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y
Competencia del OSIPTEL, que sustentan el Proyecto
de Resolución al que se reere el numeral precedente y
recomiendan su publicación para comentarios; y con la
conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo
Nº 123-2003-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Ocial
El Peruano el día 25 de diciembre de 2003, se aprobó el
“Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de
Interconexión Tope” (en adelante, el Procedimiento), en
cuyo Artículo 7º se detallan las etapas y reglas a que se
sujeta el procedimiento de ocio que inicie el OSIPTEL;
Que, de conformidad con el precitado artículo del
Procedimiento, mediante Resolución de Consejo Directivo
Nº 167-2013-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Ocial
El Peruano el día 28 de diciembre de 2013, el OSIPTEL
dio inicio al Procedimiento de Ocio para la Revisión de
los Cargos de Interconexión Tope por Terminación de
Llamadas en las Redes de los Servicios Móviles;
Que, el Artículo de la citada Resolución de
Consejo Directivo Nº 167-2013-CD/OSIPTEL otorgó a las
empresas concesionarias de los servicios públicos móviles
de Telefonía Móvil, PCS y Troncalizado, un plazo de
sesenta (60) días hábiles, para que puedan presentar sus
propuestas de cargo, precisando como requisito, que las
respectivas propuestas sean presentadas conjuntamente
con el estudio de costos correspondiente, incluyendo el
sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros,
bases de datos y cualquier otra información utilizada en
dicho estudio;
Que, considerando los requerimientos de ampliación
de plazo solicitados por las empresas concesionarias
América Móvil Perú S.A.C., Telefónica Móviles S.A. (hoy
Telefónica del Perú S.A.A.) y Viettel Perú S.A.C., mediante
Resoluciones de Presidencia N° 029-2014-PD/OSIPTEL y
N° 053-2014-PD/OSIPTEL emitidas el 25 de marzo y el 16
de julio de 2014, respectivamente, se amplió en ochenta
(80) y quince (15) días hábiles, el plazo para que las
citadas empresas presenten sus propuestas de cargos de
interconexión tope;
Que, en el curso de los plazos antes referidos se
recibieron las propuestas de cargos de interconexión
tope de las empresas América Móvil Perú S.A.C., en su
momento Telefónica Móviles S.A. y Nextel Perú S.A. (hoy,
Entel Perú S.A.);
Que, asimismo, mediante Resoluciones de Presidencia
N° 096-2014-PD/OSIPTEL y N° 004-2015-PD/OSIPTEL
emitidas el 19 de diciembre de 2014 y el 23 de enero de
2015, respectivamente, se amplió en veinte (20) y diez
(10) días hábiles el plazo establecido en el numeral 2
del Artículo 7° del Procedimiento, a n que la Gerencia
de Políticas Regulatorias y Competencia, concluya con
el análisis de la información remitida por las empresas
concesionarias a lo largo del procedimiento, y culmine
con el informe técnico y el Proyecto de Resolución a ser
publicados para comentarios;
Que, luego de evaluar las propuestas de cargos de
interconexión tope y sus respectivos estudios de costos, así
como la información proporcionada por los concesionarios
en respuesta a los requerimientos realizados, la Gerencia
de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL ha
desarrollado los Informes Técnicos de VISTOS, mediante

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