ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA RESOLUCION Nº 029-2008-OS/CD - Aprueban el Precio a Nivel GeneraciOn en Subestaciones Base para la determinaciOn de tarifas mAximas a Usuarios Regulados del Sistema ElEctrico Interconectado Nacional, y su fOrmula de reajuste, aplicables en el perIodo febrero - abril de 2008 RESOLUCION Nº 029-2008-OS/CD

Fecha de disposición26 Enero 2008
Fecha de publicación26 Enero 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 26 de enero de 2008
365154
Que, en la fecha la empresa donante honra su
obligación, mediante la entrega del cheque a la orden del
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, por la
suma de US$ 50,000.0 (Cincuenta mil y 00/100 dólares
americanos);
Que, para efectos de formalizar dicha entrega,
corresponde emitir la Resolución Jefatural de aceptación
correspondiente;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 5°
de la Ley Nº 27067 “Ley del Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú”;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar la donación dineraria efectuada
por la empresa Yell Perú S.A.C. a favor del Cuerpo Genera l
de Bomberos Voluntarios del Perú, ascendente a
la suma de US$ 50,000.0 (Cincuenta mil y 00/100
dólares americanos), que la entidad se obliga a
destinarlo exclusivamente para la reconstrucción de
cuarteles de bomberos que han sido afectados por el
terremoto del 15.08.2007, Compañías de Bomberos:
“Sal vadora I ca” Nº 22, “Salvadora Chincha” Nº 38, Túpac
Amaru Inca Nº 90 y “San Clemente” Nº 157.
Artículo 2°.- Encárguese a la Dirección General de
Administración del CGBVP, para que disponga el depósito
de dicha suma de dinero a la cuenta donaciones de la
entidad, previo cambio de la moneda extranjera al tipo
de cambio de la fecha de depósito, asimismo, para que
se disponga la publicación de la presente Resolución
Jefatural en el Diario Ocial El Peruano, dentro de los
cinco (5) días hábiles de aprobada, bajo responsabilidad.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS CORDOVA GOMEZ
Comandante General del Cuerpo General
de Bomberos Voluntarios del Perú
155954-1
ORGANISMO DE
FORMALIZACIÓN DE LA
PROPIEDAD INFORMAL
Designan Vocal Titular del Tribunal
Administrativo de la Propiedad de
COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 008-2008-COFOPRI/DE
Lima, 25 de enero del 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley
de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal,
complementada por la Ley Nº 27046 que crea la Comisión
de Formalización de la Propiedad Informal –COFOPRI,
ahora Organismo de Formalización de la Propiedad
Informal -COFOPRI;
Que, de conformidad con lo establecido en el tercer
párrafo del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 803,
modicado por la Cuarta Disposición Complementaria
de la Ley N° 28923, el Director Ejecutivo es la máxima
autoridad de COFOPRI, quien ejercerá la titularidad del
pliego;
Que, el artículo 85º del Reglamento de Organización y
Funciones –ROF de COFOPRI, aprobado por el Decreto
Supremo 025-2007-VIVIENDA, establece que el
Tribunal Administrativo de la Propiedad, es la segunda
y última instancia administrativa en materia funcional,
integrado por cinco (5) vocales titulares, además de dos
(2) vocales suplentes, designados por el Director Ejecutivo
por períodos de tres (3) años consecutivos y renovables;
Que, la Ley Nº 27594 regula la participación del
Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de
Funcionarios Públicos y establece en su artículo 7º que
mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular
de la entidad que corresponda, se acepta la renuncia
o se dispone una nueva designación o nombramiento
de los actuales funcionarios con cargo de conanza no
contemplados en el artículo 1º de la precitada Ley;
De conformidad con la Ley Nº 27594 y el Reglamento
de Organización y Funciones –ROF de COFOPRI y con el
visado de la Secretaria General y la Ocina de Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha,
al señor CESAR LINCOLN CANDELA SANCHEZ como
Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad
del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal
–COFOPRI, por un período de tres (3) años.
Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente
Resolución a los Órganos Estructurados de COFOPRI.
Regístrese, comuníquese y publíquese
OMAR QUEZADA MARTÍNEZ
Director Ejecutivo
COFOPRI
156770-1
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION EN
ENERGIA Y MINERIA
Aprueban el Precio a Nivel Generación
en Subestaciones Base para la
determinación de tarifas máximas
a Usuarios Regulados del Sistema
Eléctrico Interconectado Nacional, y
su fórmula de reajuste, aplicables en el
período febrero - abril de 2008
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 029-2008-OS/CD
Lima, 24 de enero del 2008
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 29º de la Ley N° 28832, Ley para
Asegurar el Desarrollo Eciente de la Generación Eléctrica,
ha creado el Precio a Nivel Generación, que debe ser
aplicado a los consumidores nales de electricidad
localizados en el Perú, y que son sujetos a regulación de
precios por la energía o potencia que consumen. Dicho
Precio a Nivel Generación es calculado como el promedio
ponderado de los precios de los Contratos sin Licitación y
de los Contratos resultantes de Licitaciones;
Que, el Artículo 29º citado en el párrafo precedente ha
dispuesto, asimismo, el establecimiento de un mecanismo
de compensación entre Usuarios Regulados del SEIN, con
la nalidad que el Precio a Nivel Generación sea único,
excepto por las pérdidas y la congestión de los sistemas
de transmisión;
Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM se
aprobó el “Reglamento del Mecanismo de Compensación
entre los Usuarios Regulados del SEIN”. Dicho
Reglamento dispone que OSINERGMIN apruebe los
procedimientos necesarios para calcular el Precio a Nivel
Generación y determinar el programa de transferencias

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR