ORDENANZA N° 003-2014-GRU/CR. - Aprueban modificación de la Estructura Orgánica y las Funciones Específicas contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Sectorial de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucayali

Fecha de publicación07 Junio 2014
Fecha de disposición07 Junio 2014
El Peruano
Sábado 7 de junio de 2014 524837
Dado en la ciudad de Huacho, sede central del
Gobierno Regional de Lima, a los veintiún días del mes de
mayo del dos mil catorce.
JAVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE
Presidente Regional
1092664-2
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones - ROF de la Autoridad
Regional Ambiental de Ucayali (ARAU)
- Gerencia Regional de Recursos
Naturales y Gestión del Medio
Ambiente
ORDENANZA REGIONAL
N° 001-2014-GRU/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad
con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por Ley de
Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre
Descentralización – Ley N° 27680, Ley N° 27783, Ley
de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, modif‌i cado por la
Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demás normas
complementarias en Sesión Ordinaria de fecha 17 de
febrero del 2014, y;
CONSIDERANDO:
Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 025-2013-
GRU/CR, de fecha 04 de diciembre de 2013, en su
Artículo Primero, se aprueba la modif‌i cación de la
Estructura Orgánica y las funciones contenidas en el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del
Gobierno Regional de Ucayali, conteniendo nueve (09)
Títulos, dieciocho (18) Capítulos, ciento veinte (120)
Artículos y ocho (08) Disposiciones Complementarias,
Transitorias y Finales.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 001-2013-
GRU-CR, de fecha 04 de febrero de 2013, Artículo Primero,
se crea la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali –
ARAU, como órgano dependiente de la Gerencia General
Regional, encargada de consolidar, planif‌i car y ejercer la
autoridad en materia ambiental, ordenamiento territorial y
manejo sostenible de los recursos naturales renovables
dentro del ámbito regional a cargo de un funcionario con
rango de gerente regional, designado por el Presidente
Regional.
Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de
normar la organización del Gobierno Regional a través
de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el
de Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar,
modif‌i car o derogar las normas que regulen o reglamenten
los asuntos y materiales de competencia y funciones del
Gobierno Regional.
Que, asimismo es atribución del Consejo Regional,
aprobar los documentos de gestión; entre ellos, el
Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de las
instituciones públicas adscritas al Gobierno Regional, en
concordancia con el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que establece
que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de
carácter general en la organización y administración del
Gobierno Regional.
Que, los requisitos mínimos para la elaboración del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF, están
establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM
“Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación
del Reglamento de Organización y Funciones por parte de
las Entidades de la Administración Pública”.
De conformidad con las facultades conferidas por la
Constitución Política del Estado, Artículo 9° y 10° de la
modif‌i catorias, Reglamento Interno del Consejo Regional
de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesión
Ordinaria de fecha 17 de febrero del 2014 con el voto
unánime de sus Consejeros, aprobaron la siguiente
Ordenanza Regional.
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Organización y Funciones – ROF, de la Autoridad Regional
Ambiental de Ucayali (ARAU)- Gerencia Regional de
Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, cuyo
documento de gestión consta de cinco (05) Títulos, ocho
(08) Capítulos, cuarenta y siete (47) Artículos y cuatro (04)
Disposiciones Complementarias y Transitorias; el cual
forma parte integrante de la Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Autoridad
Regional Ambiental (ARAU) - Gerencia Regional de
Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la
publicación de la presente Ordenanza Regional en el
Diario Of‌i cial “El Peruano” y en un diario de circulación
regional, y encargar a la Of‌i cina de Sistemas, la difusión
del texto integro del ROF en el portal Institucional del
Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.
pe).
Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente
Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación
del acta.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ucayali para su promulgación.
En Ucayali, al diecisiete días del mes de febrero del
año dos mil catorce.
INDIRA MARIANA URCIA ARÉVALO
Consejera Delegada
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Ucayali, a los veinticuatro días del mes de febrero del año
dos mil catorce.
JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO
Presidente Regional
1092686-1
Aprueban modificación de la Estructura
Orgánica y las Funciones Específicas
contenidas en el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de
la Dirección Regional Sectorial de
Vivienda, Construcción y Saneamiento
de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL
Nº 003-2014-GRU/CR
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con
lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución
Política del Estado, modif‌i cado por Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre
Descentralización - Ley Nº 27680; Ley Nº 27783, Ley
de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley

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