Ordenanzas Nº 641-MDR. Ordenanza que otorga beneficios e incentivos tributarios a los contribuyentes del distrito del Rímac a efectos de impulsar el cumplimiento de pago voluntario de sus obligaciones tributarias

Fecha de publicación05 Abril 2024
SecciónSección Única
Ordenanza que otorga benef‌i cios e incentivos tributarios a los contribuyentes del
distrito del Rímac a efectos de impulsar el cumplimiento de pago voluntario de
sus obligaciones tributarias
ORDENANZA Nº 641-MDR
Rímac, 26 de marzo de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC
VISTOS:
En Sesión Ordinaria, el proyecto de ordenanza que otorga benef‌i cios e incentivos tributarios a los
contribuyentes del distrito del Rímac a efectos de impulsar el cumplimiento de pago voluntario de sus
obligaciones tributarias, con Memorando Nº 517-2024-GM-MDR, Informe Legal Nº 154-2024-OGAJ-
MDR, Memorándum Nº 902-2024-OGA-MDR, Memorando Nº 392-2024-OGPPCT-MDR, Memorándum
Nº 142-2024-GAT/MDR, Informe Nº72-2024-SGREC-GAT-MDR, y Memorándum Nº 096-2024-SGRFT-
GAT-MDR el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa de trámite de lectura en la aprobación
del acta para su ejecución inmediata, aprobó lo siguiente:
O RDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS A LOS
CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DEL RÍMAC A EFECTOS DE IMPULSAR EL
CUMPLIMIENTO DE PAGO VOLUNTARIO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Artículo Primero.- DEL OBJETO
La presente Ordenanza tiene por objeto otorgar benef‌i cios e incentivos tributarios a los contribuyentes
del Distrito del Rímac, a efectos de reducir la tasa de morosidad e impulsar el cumplimiento de pago
voluntario de las obligaciones tributarias.
Artículo Segundo.- DEL ALCANCE
El otorgamiento del benef‌i cio e incentivo tributario alcanza para todas las personas naturales,
sociedades conyugales, sucesiones indivisas y jurídicas registradas como contribuyentes y/o responsables
de los Arbitrios Municipales del distrito del Rímac.
Artículo Tercero.- CONDONACIONES Y DESCUENTOS DEL BENEFICIO TRIBUTARIO
Para todos los contribuyentes que realicen la cancelación total de sus tributos municipales (Impuesto
Predial y/o Arbitrios Municipales) de cada ejercicio f‌i scal durante la vigencia de la presente ordenanza,
obtendrán las condonaciones y benef‌i cios tributarios siguientes:
3.1 Condonación del 100% de intereses moratorios, respecto a las obligaciones tributarias derivadas
del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, que se encuentren pendientes de pago a la entrada en
vigencia de la presente Ordenanza.
LIMA, VIERNES 5 DE
ABRIL DE 2024
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Código de validación
OP N° 2275613-1
Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible
localizada en la https://elperuano.pe. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en
la Directiva Nº 003-2021-PCM/SGTD. Base: Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM y
la Directiva Nº 002-2021-PCM/SGTD URL: https://elperuano.pe/Verificador
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 05/04/2024 00:32

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