Ordenanzas Nº 153-MDMP. Ordenanza que autoriza la realización del “Matrimonio Civil Comunitario Costumbrista 2024” y la exonera del pago de los derechos administrativos correspondientes a su tramitación a costo cero

Fecha de publicación07 Febrero 2024
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Ordenanza que autoriza la realización del “Matrimonio Civil Comunitario Costumbrista 2024” y la exonera del
pago de los derechos administrativos correspondientes a su tramitación a costo cero
ORDENANZA Nº 153-MDMP
Mi Perú, 16 de enero de 2024
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha, el Memorando Nº 072-2024-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 019-
2024-OGAJ/MDMP de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 036-2024-MDMP/OGPP de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 014-2024-MDMP/OGSGD, de la Oficina General de Secretaria y Gestión Documentaria,
sobre la propuesta de Ordenanza que autoriza la celebración del Matrimonio Civil Comunitario Costumbrista 2024, en el Distrito de
Mi Perú.
CONSIDERANDO.
Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucio nal, Ley N° 27680, establece
que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, los gobiernos locales como parte del Estado tienen e l deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución
natural y fundamental de la sociedad, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° de la constitución Política del Perú.
Que, el artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyN° 27972, señala las atribuciones del Alcalde, estableciéndose en el
numeral 16, que el Alcalde celebra matrimonios civiles de los vecinos de acuerdo con las normas del Código Civil.
Que, el Código Civil en su artículo 233° establece que la regularizació n jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su
consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú; a su vez el
artículo 234° establece que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ello y
formalizado con sujeción a las disposiciones del señalado Código, a fin de hacer vida en común.
Que, el artículo 252° del Código Civil vigente faculta al Alcalde a dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables
y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248° del mismo cuerpo legal.
Que, el numeral 9) del artículo de la L ey Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que es atribución del Concejo
Municipal “crear, modificar, suprimir o exonerar la contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”, asimismo el
artículo 40° del indicado cuerpo legal establece que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, tasas, arbitrios,
licencias y derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.
Que, mediante Informe Nº 014-2024-OGSGD/MDMP, la Oficina General de Secretaria y Gestión Documentaria señala que
actualmente existen en el Distrito de Mi Perú numerosas parejas que viven en unión de hechos y que desean formalizar su estado
civil, en ese sentido alcanza la propuesta de Ordenanza que Autoriza la realización del Matrimonio Civil Comunitario Costumbrista
2024 y exonera el pago de los Derechos Administrativos correspond ientes a su tramitación, para el 17 de febrero del presente año
en el boulevard de la Av. Trujillo (frontis de la piscina municipal del Distrito de Mi Perú, a favor de las parejas inscritas para la
celebración de dicho acto masivo, incluyendo a su vez la dispensa de la publicación de los edictos matrimoniales, a fin que una mayor
cantidad de parejas puedan regularizar su estado civil, lo que permitirá la consolidación, fortalecimiento, protección y formalización
de la familia como célula básica de la sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico,
LIMA, MIÉRCOLES 7 DE
FEBRERO DE 2024
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE MI PERÚ
Código de validación
OP N° 2259383-1
Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible
localizada en la https://elperuano.pe. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en
la Directiva Nº 003-2021-PCM/SGTD. Base: Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM y
la Directiva Nº 002-2021-PCM/SGTD URL: https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/Verificador
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 07/02/2024 01:31

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