ORDENANZA N° 283-AREQUIPA - Aprueban Ordenanza Regional que establece porcentajes de distribución de la bolsa de trabajo de mano de obra y lineamientos para su contratación en los proyectos de inversión pública ejecutados por el Gobierno Regional de Arequipa

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2014
El Peruano
Sábado 16 de agosto de 2014
530142
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones (SBS), con el f‌i n de participar en el VI Congreso
Latinoamericano de Inclusión Financiera, el mismo que se
llevará a cabo del 18 al 19 de agosto de 2014, en la ciudad
de Sao Paulo, República Federativa del Brasil;
CONSIDERANDO:
Que, el citado evento tiene como objetivo promover,
concientizar y discutir las experiencias de los países
miembros en relación a las mejores prácticas para
promover un mayor acceso a los servicios f‌i nancieros,
entre otros;
Que, asimismo en este evento se desarrollarán
temas vinculados a visión del Banco Central de Brasil,
microcrédito visión internacional y brasileña, modelo de
corresponsables transaccionales, arreglos de pago en
la inclusión f‌i nanciera, estrategias que promueven la
inclusión f‌i nanciera, sobre endeudamiento, legislación,
organismo internacional sobre la inclusión f‌i nanciera en
el mundo, entre otros;
Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto
los temas que se desarrollarán redundarán en benef‌i cio
del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación
de la SBS, se ha considerado conveniente designar al
señor Mynor Juan Alarcón Medina, Jefe de la Of‌i cina
Descentralizada de la Of‌i cina Descentralizada de Piura
de la Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado
e Inclusión Financiera, para que participe en el indicado
evento;
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado
una serie de Medidas Complementarias de Austeridad
en el Gasto para el ejercicio 2014, estableciéndose en el
Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de
los funcionarios de la SBS para participar en eventos de
interés para la institución;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje
del citado funcionario para que participe en el indicado
evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de
pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos
por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2014; y,
En uso de las facultades que le conf‌i ere la Ley Nº
26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la
Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas
Complementarias de Austeridad en el Gasto para el
ejercicio 2014, N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora
lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mynor
Juan Alarcón Medina, Jefe de la Of‌i cina Descentralizada de
la Of‌i cina Descentralizada de Piura de la Superintendencia
Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera
de la SBS del 17 al 20 de agosto de 2014, a la ciudad
de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización, según se
indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014,
de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 610.31
Viáticos US$ 1,110.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los
funcionarios cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1121853-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Aprueban Ordenanza Regional que
establece porcentajes de distribución
de la bolsa de trabajo de mano de obra
y lineamientos para su contratación
en los proyectos de inversión pública
ejecutados por el Gobierno Regional de
Arequipa
ORDENANZA REGIONAL
Nº 283-AREQUIPA
El Consejo Regional de Arequipa
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales tienen como f‌i nalidad
esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible,
promoviendo la inversión pública y privada, y el empleo,
garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad
de oportunidades de sus habitantes. En ese sentido el
desarrollo regional comprende la aplicación coherente
y ef‌i caz de las políticas e instrumentos de desarrollo
económico, social, poblacional, cultural y ambiental,
a través de planes programas y proyectos orientados
a generar condiciones que permitan el crecimiento
económico armonizado con la dinámica demográf‌i ca, el
desarrollo social equitativo y la conservación de recursos
naturales y el ambiente en el territorio regional; teniendo
en consideración para ello principios rectores de las
políticas y de la gestión regional, tales como la inclusión,
ef‌i cacia, ef‌i ciencia y equidad.
Que, siendo competencia constitucional de los
Gobiernos Regionales, el fomento de la competitividad,
las inversiones y el f‌i nanciamiento de proyectos y obras de
infraestructura de alcance e impacto regional; la ejecución
de las mismas, debe realizarse preponderando criterios de
ef‌i ciencia y ef‌i cacia que procuren su realización óptima y
oportuna; y, adicionalmente, en los casos que la ejecución
se realice por administración directa, se debe propender a
la inclusión social de manera equitativa, de forma tal que
se brinde oportunidades a los grupos y sectores sociales
que requieran ser atendidos de manera especial por el
Estado.
Que, los Sindicatos de Construcción Civil de la
Región Arequipa, como gremios cuentan dentro de
sus af‌i liados con personal especializado en la materia
constructiva y actividades complementarias, a nivel de
peones, operarios y of‌i ciales, lo que en cierta medida
garantiza una ejecución de calidad bajo estándares de
ef‌i ciencia y ef‌i cacia. De otro lado dentro de la sociedad
civil existen personas de escasos recursos que contando
con habilidades y capacidades en la materia constructiva
y actividades complementarias, no se encuentran dentro
de los gremios de construcción civil; siendo que en ambos
casos la necesidad de empleo es apremiante.
Que, el Órgano Ejecutivo Regional durante siete años
consecutivos ha venido celebrando convenios con los
siguientes Sindicatos de Trabajadores de Construcción
Civil de la Región Arequipa: Sindicato de Trabajadores de

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