ORDENANZA N° 010-2014-GR.LAMB/CR - Modifican Ordenanza N° 017-2013-GR.LAMB/CR

Fecha de publicación27 Septiembre 2014
Fecha de disposición27 Septiembre 2014
El Peruano
Sábado 27 de setiembre de 2014
533520
del proceso de descentralización, por lo tanto deberán
estar preparados con el personal idóneo y poder asumir
con éxito las funciones;
Que, el Consejo Regional a través de Ordenanzas
Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º,
lnc.”a”, de la Ley Nº 27867 que señala Aprobar, modif‌i car o
derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos
y materia de competencia y funciones del Gobierno
Regional, concordante con el Inc. “a” del Artículos 37º
y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo
en consecuencia al Consejo Regional como parte de su
función normativa, aprobar los documentos de gestión
de diversa naturaleza, propuestos por las entidades
comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno
Regional Huánuco para su promulgación por el Ejecutivo;
Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con
el dictamen favorable de la Comisión Permanente de
Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial
y Asuntos Legales del Consejo Regional y de conformidad
con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º,
11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales
Nº 27867;
Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones
conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867
por MAYORIA en la Sesión de Consejo Regional de
Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta;
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA
ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA RED
DE SALUD PUERTO INCA - UNIDAD EJECUTORA
- SALUD PUERTO INCA - HUÁNUCO
Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) de la Red de Salud Puerto
Inca – Unidad Ejecutora – Salud Puerto Inca, Órgano
Desconcentrado del Gobierno Regional Huánuco, con la
implementación de setentiún (71) cargos presupuestados
y la habilitación de ciento setenticuatro (174) cargos
previstos en las diferentes Unidades Orgánicas creadas,
haciendo un total de doscientos cuarenticinco (245) cargos
de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de
la presente Ordenanza Regional por los considerandos
expuestos en la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Red de
Salud Puerto Inca – Unidad Ejecutora – Salud Puerto
Inca, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a
lo dispuesto en el artículo 17º del Decreto Supremo Nº
043-2004-PCM y el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley
Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la
presente Ordenanza Regional en el diario of‌i cial “El
Peruano” y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco
en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 42º de la
Artículo Cuarto.- la presente Ordenanza Regional,
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Huánuco para su promulgación.
En Huánuco a los 26 días del mes de mayo del año
dos mil catorce.
JOSÉ LUIS GONZALES CHUMBE
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno
Regional de Huánuco, a los 6 días del mes de junio del
dos mil catorce.
LUIS R. PICÓN QUEDO
Presidente
1142423-1
GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE
Modifican Ordenanza Nº 017-2013-
GR.LAMB/CR
ORDENANZA REGIONAL
Nº 010-2014-GR.LAMB/CR
Chiclayo, 10 de septiembre de 2014
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
LAMBAYEQUE
POR CUANTO:
El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de
fecha primero de septiembre del año dos mil catorce, ha
aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modif‌i cada
por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV, del Título IV sobre Descentralización y Ley
Nº 28607; en su Artículo 191º establece que los Gobiernos
Regionales tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia; y, en
su Artículo 192º, inciso 1., dispone que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto.
Que la Constitución Política del Perú en sus artículos
1º, 2º 3º; y, específ‌i camente, en su Artículo 7º, sobre
sobre derecho a la salud y protección del discapacitado,
prescribe que “todos tienen derecho a la protección de
su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así
como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La
persona incapacitada para velar por sí misma a causa de
una def‌i ciencia física o mental tiene derecho al respeto de
su dignidad y a un régimen legal de protección, atención,
readaptación y seguridad”.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 17-2013-
GR.LAMB/CR de fecha 19 de diciembre de 2013, en
armonía con la vigente Ley, Nº 27050 Ley General de las
Personas con Discapacidad, entre otros, se conformó el
Comité Regional de Formulación e Implementación del
Proyecto “Lambayeque con Oportunidades”.
Que, mediante Of‌i cio Nº 244-2014-GR.LAB-GRPS
la Gerencia Regional de Programas Sociales solicita la
modif‌i catoria de la Ordenanza Regional Nº 017-2013-
GR.LAMB/CR debido al nuevo contexto legal vigente,
al haber sido derogada la Ley Nº 27050 por la Ley Nº
29973, Ley General de las Personas con Discapacidad.
Asimismo, señala la necesidad de integrar a otras
instituciones al citado Comité Regional de Formulación
e Implementación del Proyecto “Lambayeque con
Oportunidades”; por lo que, solicita la reconformación del
indicado proyecto para incorporar nuevas instituciones
que vienen brindando apoyo en forma permanente a las
personas con discapacidad.
atribuciones del Consejo Regional, el “aprobar, modif‌i car
o derogar las normas que regulen o reglamenten los
asuntos y materias de competencia y funciones del
Gobierno Regional”.
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo
Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional
del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente
Ordenanza Regional;
SE ORDENA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el tercer considerando
de la Ordenanza Regional Nº 017-2013-GR.LAMB/CR de
fecha 19 de diciembre del 2013; y, en consecuencia:
DONDE DICE:
“Que, de conformidad con la Ley Nº 27050, Ley
General de la Persona con Discapacidad, modif‌i cada

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