ORDENANZA N° 269-2014-MDPH - Regulan la instalación y uso de elementos de seguridad en vías locales del distrito

Fecha de disposición13 Julio 2014
Fecha de publicación13 Julio 2014
El Peruano
Domingo 13 de julio de 2014
527718
Artículo 45º.- Causales de Nulidad
Son causales de nulidad de la Licencia de
Funcionamiento las siguientes:
1. Los establecidos en el artículo 10 de la Ley Nº
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
2. El incumplimiento de las condiciones técnicas y
de seguridad para el funcionamiento del establecimiento
que dieron lugar al otorgamiento de la licencia de
Funcionamiento (EXPOST).
3. El incumplimiento de lo señalado en la Declaración
Jurada presentada para solicitar la Licencia de
Funcionamiento.
4. Incumplir con la conformidad de la zonif‌i cación y
compatibilidad de uso.
La nulidad o la revocación de las Licencias de
Funcionamiento serán efectuadas sin perjuicio del inicio
de las acciones penales y civiles, así como la aplicación
de sanciones administrativas, a que hubiere lugar;
Artículo 46º.- Clausura del establecimiento
Declarada la revocatoria o nulidad de la Licencia de
Funcionamiento se dispondrá el cese de la actividad
comercial, la clausura def‌i nitiva del establecimiento y, de
ser el caso, la remoción de los elementos de publicidad
instalados;
De acuerdo a las características del establecimiento
comercial, deberá considerarse la aplicación de las
sanciones establecidas en el artículo 46º de la Ley
TÍTULO IV
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Los procedimientos en trámite iniciados
con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente
Ordenanza, se adecuarán, a las normas establecidas en el
presente dispositivo en el estado en que se encuentren.
Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Tercera.- Deróguense la Ordenanza Nº 29-2007-
MDLV y Decreto de Alcaldía Nº 9-2009-ALC/MLV y demás
disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.
Cuarta.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía apruebe los siguientes Anexos que
forman parte integrante de la presente Ordenanza:
ANEXO I: Formulario Solicitud – Declaración Jurada
para obtener:
Licencia de Funcionamiento Normal
Licencia de Funcionamiento Corporativa
Licencia de Funcionamiento Cesionario
En la modalidad individual o de forma conjunta con la
Autorización de Instalación de Elementos de Publicidad
ANEXO II: Formulario Solicitud – Declaración Jurada
para cambio de datos en el registro de establecimiento:
Cambio de Denominación o Razón Social,
Ampliación, reducción y/o cambio de giro,
Ampliación y/o reducción del Área del establecimiento
comercial.
Cese de Actividades.
ANEXO III: Formulario – Declaración Jurada
de Condiciones de Observancia de Condiciones de
Seguridad.
Quinta.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo
Económico, Subgerencia de Comercialización, Gerencia
de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Defensa Civil,
Gerencia de Administración Documentaria e Informática,
Subgerencia de Trámite y Archivo, Gerencia de
Presupuesto y Planeamiento el cumplimiento de la
presente Ordenanza de acuerdo a lo establecido en la
Ordenanza Nº 124-2011-MDLV que Aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones de la Municipalidad de La
Victoria y su modif‌i catoria.
Sexta.- Disponer a Secretaría General la publicación
del texto de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El
Peruano y encargar a la Subgerencia de Tecnología de la
Información la publicación del mismo y de sus respectivos
Anexos en el portal institucional de la Municipalidad
(www.munilavictoria.gob.pe), en el portal Transparencia
del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el portal
electrónico de la Of‌i cina Nacional de Gobierno Electrónico
e Informática – ONGEI (www.ongei.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C.
Alcalde
1109217-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA HERMOSA
Regulan la instalación y uso de
elementos de seguridad en vías locales
del distrito
ORDENANZA Nº 269-2014-MDPH
Punta Hermosa, 3 de julio de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUNTA HERMOSA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA
VISTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº
0312-2014-MDPH—GDUyCT de la Gerencia de Desarrollo
Urbano y Control Territorial, el Informe Técnico Nº 001-
2014-MDPH-GSC, de Gerencia de Seguridad Ciudadana
y el informe Nº 092-2014-MDPH/OAJ de la Of‌i cina de
Asuntos Jurídicos.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 194º
de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades
son órganos de gobierno local, con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, la Primera Disposición Transitoria y Final de la
Ordenanza Nº 690-MML, que regula el uso de elementos
de seguridad, delega a las municipalidades distritales, la
facultad de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de
autorizar la interferencia de vías locales para los casos de
instalación de elementos de seguridad, dentro del marco
establecido en la citada Norma;
Que, conforme a lo señalado en el párrafo que
antecede, es preciso regular el otorgamiento de
Autorizaciones para la instalación de elementos de
seguridad en la jurisdicción del distrito de Punta Hermosa,
dentro de los lineamientos contenidos en la Ordenanza Nº
690-MML de la Municipalidad Provincial de Lima. Por tal
motivo, resulta necesario emitir las disposiciones legales
pertinentes, a f‌i n de lograr su correcta aplicación;
Que, en resguardo del derecho de los vecinos a
cautelar su seguridad, sin afectar la intangibilidad de las
áreas públicas, el derecho de las personas al libre tránsito,
la f‌l uidez del tránsito peatonal y vehicular, el ornato; es
necesario reglamentar el uso de elementos de seguridad,
como rejas, plumas levadizas y casetas de vigilancia, en
las vías locales del distrito de Punta Hermosa;
En uso de las facultades conferidas por los artículos
9º inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
aprobó la siguiente:

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