ORDENANZA N° 00117/MDSA - Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Santa Anita

Fecha de publicación23 Julio 2013
Fecha de disposición23 Julio 2013
El Peruano
Martes 23 de julio de 2013
499916
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
Aprueban el Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del Distrito de Santa Anita
ORDENANZA Nº 00117/MDSA
Santa Anita, 18 de julio de 2013
Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que
se indica, el proyecto del Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del distrito de Santa Anita; y,
CONSIDERANDO
Que conforme a lo establecido en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, y el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia,
Que, los numerales 3.1) y 3.2) del artículo 80° de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como
funciones específ‌i cas exclusivas de las municipalidades
distritales, proveer el servicio de limpieza pública,
determinando las áreas de acumulación de desechos,
rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de
desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo,
higiene y salubridad en los establecimientos comerciales,
industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros
lugares públicos locales;
Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobó la Ley
General de Residuos Sólidos y su modif‌i catoria al
Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su artículo
10º preceptúa que Las Municipalidades Provinciales y
Distritales son responsables de la gestión de residuos
sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas
actividades que generen residuos similares a estos, en
todo ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada
prestación del servicio de limpieza pública, recolección
y transporte de residuos en su producción, debiendo
garantizar la adecuada disposición f‌i nal de los mismos;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos
Sólidos, aprobado mediante DS. 057-2004-PCM, precisa
en el artículo 23 que las Municipalidades Distritales
formulan sus planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos,
con participación de la ciudadanía, en coordinación con
el Gobierno regional, Autoridades de Salud Ambiental y
demás autoridades competentes previstas en la Ley.
Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS)
para el Distrito de Santa Anita ha sido elaborado por la
Municipalidad de Santa Anita y el Equipo técnico de
la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social,
el cual establece las condiciones para una adecuada
gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el
ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición
f‌i nal, asegurando una ef‌i ciente y ef‌i caz prestación de los
servicios y actividades.
Que, mediante Memorando Nº 372-2013-GSPDS-
GG/MDSA. la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo
Social, presenta el nuevo Plan de Manejo de Residuos
Sólidos del distrito de Santa Anita, el cual sustenta el
cumplimiento de metas establecidas en el Programa de
Modernización Municipal y Plan de Incrementar la mejora
de la Gestión Municipal.
De conformidad con lo establecido en el Artículo
9º, inciso 8), Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal,
por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN
DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL
DISTRITO DE SANTA ANITA
Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del Distrito de Santa Anita (PMRS),
que como anexo forma parte integrante de la presente
ordenanza.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier
normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente
ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a La Gerencia de
Servicios Públicos y Desarrollo Social la implementación
y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del
Distrito de Santa Anita en coordinación con las demás
Unidades Orgánicas de La Municipalidad.
Artículo Cuarto.- La presente ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
965374-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Regulan la Formalización de los
Recicladores de Residuos Sólidos en la
Provincia de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 0023-2013-AL/CPB
EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO
PROVINCIAL DE BARRANCA
VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 17
de Julio del 2013, en la Estación Orden del Día, el Proyecto
de Ordenanza Municipal que establece la Formalización
de los Recicladores de Residuos Sólidos en la Provincia
de Barranca, presentado por la Sub Gerencia de Salud y
Medio Ambiente, mediante Informe Nº 481-2013-SGMA-
MPB e Informe Nº 509-2013-SGMA-MPB; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades distritales son órganos
de gobierno local, con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, siendo
competentes para desarrollar y regular actividades y/o
servicios en materia de medio ambiente, conforme a ley,
según lo establecen los artículos 194º y 195º numeral 8),
Perú establece que el trabajo es un deber y un derecho.
Es base del bienestar social y un medio de realización
de la persona. Asimismo, el segundo párrafo del artículo
23º de la Carta Magna ref‌i ere que el Estado promueve
condiciones para el progreso social y económico, en
especial mediante políticas de fomento de empleo
productivo y educación para el trabajo;
Que, el artículo IV de la Ley Nª 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades, señala que los gobiernos locales
representan al vecindario, promueven la adecuada
prestación de servicios públicos locales y el desarrollo
integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que los gobiernos locales
promueven el desarrollo económico de su circunscripción
territorial y la actividad empresarial local, con criterio de
justicia social;
Que, las Municipalidades son competentes para
regular actividades de residuos sólidos, según lo que
señala la Ley Nº 27314 – Ley General de Residuos Solidos,
la Ley Nª 28611 – Ley General del Ambiente, la Ley Nº
29419- Ley que regula la actividad de los recicladores y

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