ORDENANZA N°349-2014-G.R.PASCO/CR - Declaran la Lucha contra la Trata de Personas en la Región Pasco

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2014
El Peruano
Jueves 14 de agosto de 2014
529956
- Un Representante Regional del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil- RENIEC
- Representantes de las Universidades Privadas
- Representantes de la Universidad Nacionales
- Representantes de Institutos Superiores
- Representantes de los Programas Sociales del
Gobierno Central que intervienen en la región
- Representantes del CIAM
- Representantes de CEM
- Representantes de la DEMUNA
- Representantes de CONADIS
- Representantes de OREDIS
- Representantes de las Comunidades Nativas de la
Región
- Representantes de organizaciones de mujeres
- Representantes de organizaciones de base
- Gobernador Regional o su representante.
Podrán formar parte las instituciones que realizan
acciones en el marco de la Ley de Fortalecimiento de la
Familia Nº 28542 y el nuevo Plan de Fortalecimiento de
Familia 2013 – 2021.
Artículo Tercero.- EL CONSEJO REGIONAL PARA
EL FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS tendrá por
objeto la promoción de relaciones intra e interfamiliares
saludadles, la protección de las familias y velar por el
cumplimiento de las leyes políticas, decretos nacionales,
regionales a favor de las familias en especial de las que
se encuentran en situación de pobreza extrema, riesgo,
abandono o exclusión en el ámbito regional; así como
su necesaria articulación con las diversas autoridades,
instituciones privadas, organismo cooperación
internacional, organizaciones no gubernamentales,
organizaciones sociales de base, comunidades nativas y
demás actores de la sociedad civil con el f‌i n de elaborar,
ejecutar, monitorear de manera participativa políticas,
planes, programas y proyectos locales y regionales
logrando el fortalecimiento y desarrollo integral de las
familias en la Región Pasco.
Artículo Cuarto.- Son funciones del EL CONSEJO
REGIONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS
FAMILIAS:
- Emitir opiniones consultivas, con la f‌i nalidad de
generar compromisos y fortalecer las redes sociales
para la elaboración, ejecución, monitoreo, conjunta de
políticas, planes, programas y demás acciones orientadas
a promover y proteger el desarrollo Integral de las familias,
con especial énfasis en aquellas que se encuentran en
situación de vulnerabilidad, pobreza extrema, riesgo
social, abandono y exclusión.
- Promover la conformación de los comités provinciales
de fortalecimiento a las familias.
- Implementar y transversalizar las políticas de
fortalecimiento familiar en los diferentes ejes de desarrollo
regional (económico, social, infraestructura, medio
ambiente, gestión de los recursos naturales y otros), así
como en los objetivos del Plan Regional de Desarrollo
Concertado y Plan Estratégico Institucional.
- Promover la vigilancia ciudadana para la efectiva
implementación de las políticas regionales, ejecución
de programas sociales, proyectos de inversión pública
y convenios suscrito por el Gobierno Regional a favor
de las familias en situación de pobreza extrema, riesgo
social, abandono o exclusión.
- Generar compromisos en las entidades,
empresas públicas y privadas, organizaciones de la
sociedad civil en la región para fortalecer capacidades
en la prevención y solución proactiva de conflictos
intrafamiliares o en la vida familiar y demás espacios
sociales o económicos.
- Proponer estrategias comunicacionales orientadas
a la promoción de relaciones intra e interfamiliares
saludables y la protección de las familias en situación
de vulnerabilidad pobreza extrema, riesgo, abandono o
exclusión en el ámbito regional.
- Promover acciones concretas contra la violencia
física, psicológica y abuso sexual en el entorno familiar
y comunitario.
- Promover intervenciones orientadas al auto
sostenimiento económico de las familias en situación
de vulnerabilidad, pobreza extrema, riesgo social o
exclusión.
- Promover la participación activa y equitativa de las
familias de las comunidades nativas de la región.
- Elaborar y proponer Planes y/o Programa para el
Fortalecimiento a la Familias en la región Pasco.
Artículo Quinto.- OTORGUESE, un plazo no mayor
de 60 días para la instalación del CONSEJO REGIONAL
PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FAMILIAS en
la región Pasco, bajo responsabilidad de la Gerencia
Regional de Desarrollo Social.
Artículo Sexto.- INSTITUCIONALIZAR EL DÍA
NACIONAL DE LA FAMILIA, el Segundo Domingo de
Setiembre de cada año en el marco de la Ley Nº 23465;
debiéndose promover actividades locales y regionales
en coordinación con los diferentes sectores e instancias
del Gobierno Regional, los gobiernos locales y sociedad
civil organizada, bajo la responsabilidad de la Gerencia
Regional de Desarrollo Social.
Artículo Séptimo.- FACULTAR a la Gerencia de
Desarrollo Social a f‌i n de que preside el Consejo Regional
de Fortalecimiento de las Familias así mismo, disponer
la elaboración del Diagnóstico Situacional de Familias de
la Región Pasco a través del referido consejo; el mismo
que servirá para la elaboración del Plan Regional de
Fortalecimiento de las Familias.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Social incorporar la promoción de relaciones
intra e interfamiliares saludables y la protección de las
familias con énfasis en las familias que se encuentran
en situación de pobreza extrema, riesgo, abandono o
exclusión en el Plan de Desarrollo de Capacidades, Plan
Operativo Institucional y demás instrumentos del Gestión
del Gobierno Regional.
Artículo Noveno.- RESPONSABILIZAR a la
Gerencia Regional de Desarrollo Social la DIFUSIÓN
de la presente Ordenanza en las Provincias y Distritos
a f‌i n que se implementen las acciones respectivas, de
acuerdo a las funciones y competencias exclusivas,
compartidas y delegadas que les corresponde conforme
a ley.
Artículo Decimo.- ENCARGAR a la Gerencia
Regional de Desarrollo Social la publicación de la
presente Ordenanza Regional en el diario of‌i cial “El
Peruano” y en el diario de mayor circulación de la Región
y en el portal del Gobierno Regional de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Pasco, para su promulgación.
En la Provincia de Pasco, a los veintiocho días del
mes de abril del dos mil catorce.
ZENON ESPINOZA PAÑEZ
Presidente del Consejo Regional
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco,
a los veintiocho días del mes de abril del dos mil catorce.
KLEVER U. MELENDEZ GAMARRA
Presidente
1122255-1
Declaran la Lucha contra la Trata de
Personas en la Región Pasco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 349-2014-G.R.PASCO/CR
Cerro de Pasco, 28 de Abril 2014.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
PASCO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco,
en Sesión Ordinaria de fecha veintitrés de abril del dos
mil catorce.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR