Ordenanza N° D12-2023-GR.CAJ/CR. Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024 – 2027, Región Cajamarca

Fecha de publicación22 Febrero 2024
SecciónSección Única
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Francia, en comisión de servicios

Cajamarca. 28 de diciembre de 2023


POR CUANTO:


EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA


VISTO:


En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, llevado a cabo el día 27 de diciembre de 2023, ha debatido y aprobado emitir la presente Ordenanza Regional que Aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de Cajamarca 2024 – 2027, Región Cajamarca.


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado Peruano, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, prescribe los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;


Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Estado Peruano, modificado por la Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;


Que, conforme a los artículos y de la Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo como finalidad esencial, entre otras, fomentar el desarrollo regional sostenible, garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;


Que la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 15° literal a) dispone que “es una atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamente los asuntos y materias de...

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