San Borja, 27 de diciembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA,
VISTO: en la XXVI-2023 Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha 27 de diciembre de 2023, Informe N° 59-2023-MSB-GM-GSC de fecha 22 de diciembre de 2023, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Informe N° 506-2023-MSB-GM-OGAJ del 27 de diciembre de 2023, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 0126-2023-MSB-GM-OGPPMI-OPMGI del 27 de diciembre de 2023, de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional; el Informe N° 0227-2023-MSB-GM-OGPPMI de fecha 27 de diciembre de 2023, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional; el Informe N° 509-2023-MSB-GM-OGAJ de fecha 27 de diciembre de 2023, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 60-2023-MSB-GM-GSC de fecha 27 de diciembre de 2023, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Memorando N° 935-2023-MSB-GM de fecha 27 de diciembre de 2023, de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la...