Comas, 20 de octubre de 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 20 de octubre de 2023, el Informe N°082-2023-GSCFT/MDC de fecha 05 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, el Informe N°164-2023-OGPP/MDC de fecha 12 de octubre de 2023, emitido por la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Informe N°1061-2023-OGAJ/MDC de fecha 13 de octubre de 2023, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Proveído N°1729-2023-GM/MC de fecha 16 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, la Carta N°017-2023-CEAFPPT de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la Oficina General de Secretaria de Concejo Municipal, el Dictamen N°22-2023-CEAFPPTM/MDC de fecha 18 de octubre de 2023, emitido por la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Planificación, Presupuesto y Tributación Municipal, concernientes al proyecto de “ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE COMAS”, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N°30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, asimismo, el artículo 39 de la precitada Ley dispone que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos, asimismo, el artículo 40, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa...