Ordenanza N° 683/MDC. Ordenanza que establece beneficios para el pago de multas administrativas en el distrito de Comas

Fecha de publicación26 Octubre 2023
SecciónSección Única
Determinan Protección Provisional del Sitio Arqueológico Huaca Córdova sector I, ubicado en el distrito de Ocucaje, provincia y departamento de Ica

Comas, 20 de octubre de 2023


EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS


VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 20 de octubre de 2023, el Informe N°082-2023-GSCFT/MDC de fecha 05 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, el Informe N°164-2023-OGPP/MDC de fecha 12 de octubre de 2023, emitido por la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Informe N°1061-2023-OGAJ/MDC de fecha 13 de octubre de 2023, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Proveído N°1729-2023-GM/MC de fecha 16 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, la Carta N°017-2023-CEAFPPT de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la Oficina General de Secretaria de Concejo Municipal, el Dictamen N°22-2023-CEAFPPTM/MDC de fecha 18 de octubre de 2023, emitido por la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Planificación, Presupuesto y Tributación Municipal, concernientes al proyecto de “ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE COMAS”, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N°30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;


Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;


Que, asimismo, el artículo 39 de la precitada Ley dispone que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos, asimismo, el artículo 40, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR