Ordenanza N° 632/MM. Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Distrital de Miraflores

Fecha de publicación10 Enero 2024
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

Miraflores, 22 de diciembre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES


POR CUANTO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE MIRAFLORES;


VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2023, el Dictamen N° 100-2023/MM de fecha 21 de diciembre de 2023, emitido por la Comisión de Asuntos Jurídicos; el Oficio N° 207-2023-GM/MM de fecha 17 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; Oficio N° 001007-2023-SERVIR-PE de fecha 15 de diciembre de 2023, remitido por la Presidenta Ejecutiva de Concejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Informe N° 1669-2023-SGRH-GAF/MM de fecha 18 de diciembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe N° 219-2023-GAF/MM de fecha 18 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 1672-2023-SGRH-GAF/MM de fecha 19 de diciembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe Nº 396-2023-GAJ/MM de fecha 19 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1923-2023-GM/MM de fecha 19 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; el Proveído N° 108-2023-SG/MM de fecha 20 de diciembre de 2023, emitido por la Secretaría General, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;


Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modificada por el Decreto Legislativo N° 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP, serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE;


Que, el artículo 3° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el subsistema de organización del trabajo y su distribución define las...

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