Ordenanza N° 624-MDR. Ordenanza que crea el Programa Recicla y establece la formalización de Asociaciones de Recicladores y autoriza la recolección selectiva en el distrito del Rímac

Fecha de publicación31 Agosto 2023
SecciónSección Única
11
NORMAS LEGALES
Jueves 31 de agosto de 2023
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Ordenanza que crea el Programa Recicla y
establece la formalización de Asociaciones
de Recicladores y autoriza la recolección
selectiva en el distrito del Rímac
ORDENANZA N° 624-MDR
Rímac, 31 de agosto de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
VISTO:
En sesión ordinaria de concejo, el Proyecto de
Ordenanza que Crea El Programa Recicla y Establece
la Formalización de Asociaciones de Recicladores y
Autoriza la Recolección Selectiva en el Distrito del Rímac,
con Memorando N°1433-2023-GM-MDR, Informe Legal
N°037-2023-OGAJ-MDR, Memorándum N°214-2023-
MDR-OGA, Memorándum N°1181-2023-MDR/OGPPCT,
Informe N°355-2023-SGCS-GFA/MDR, Memorando
N°094-2023-GSAYGA-MDR, por UNANIMIDAD y con
dispensa de trámite de lectura en la aprobación del acta
para su ejecución inmediata, aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE CREA EL
PROGRAMA RECICLA Y ESTABLECE LA
FORMALIZACIÓN DE ASOCIACIONES
DE RECICLADORES Y AUTORIZA LA
RECOLECCIÓN SELECTIVA
EN EL DISTRITO DEL RÍMAC
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 1.- DEL OBJETO
La presente Ordenanza tiene como objeto, gestionar
de manera sostenible los residuos sólidos, priorizando
la segregación, valorización de residuos sólidos,
formalización y regulación de recicladores y operadores
de recolección selectiva, además de la minimización de
riesgos ambientales y de salud pública dentro del distrito
del Rímac.
La presente Ordenanza establece un sistema integrado
de valorización de residuos sólidos, siguiendo como
modelo de gestión la economía circular que permitirá
fomentar la creación de industrias verdes y transformar las
existentes. Además de reducir el daño ambiental causado
por procesos productivos y sus residuos, contribuyendo de
esa manera al desarrollo sostenible del Distrito del Rímac.
Artículo 2.- DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente Ordenanza regula el manejo selectivo de
los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y
de aquellas actividades que generen residuos similares
susceptibles de valorización en todo el ámbito del Distrito
del Rímac y se aplica a toda persona natural, jurídica,
institución pública y privada, organizaciones de base
y asociaciones que sean generadoras u operadoras
de residuos sólidos dentro de la jurisdicción del distrito
del Rímac y se emite en concordancia con el Decreto
Legislativo Nº 1278 Ley de Gestión Integral de Residuos
Sólidos , su Reglamento Decreto Supremo 014 – 2017
MINAM y modicatorias, además de otras referencias
normativas.
Los manejos de residuos sólidos peligrosos se rigen
por legislación especial por lo cual se encuentra fuera de
los alcances de la presente norma. La autoridad sectorial
competente regula este manejo de residuos peligrosos.
Artículo 3.- DEFINICIONES
Denición de términos. Las siguientes deniciones
son aplicables en todo el ámbito nacional de acuerdo a lo
establecido en el Decreto Legislativo Nº 1278, Legislativo
que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos
Sólidos y se usan en la presente norma:
1. Generador de residuos municipales: Son
aquellas personas que generan residuos provenientes
de domicilios, comercios y otras actividades que
generan residuos similares a éstos, cuya gestión ha sido
encomendada a las municipalidades.
2. Generador de residuos no municipales: Son las
personas que generan residuos provenientes de procesos
o actividades no comprendidos en el ámbito de gestión
municipal.
3. Residuos inorgánicos: Son aquellos residuos que
no pueden ser degradados o desdoblados naturalmente,
o bien si esto es posible sufren una descomposición
demasiado lenta. Estos residuos provienen de minerales
y productos sintéticos.
4. Residuos orgánicos: Se reere a los residuos
biodegradables o sujetos a descomposición. Pueden
generarse tanto en el ámbito de gestión municipal como
en el ámbito de gestión no municipal.
5. Segregación: Acción de agrupar determinados
componentes o elementos físicos de los residuos sólidos
para ser manejados en forma especial.
6. Almacenamiento: Operación de acumulación
temporal de residuos en condiciones técnicas como parte
del sistema de manejo hasta su valorización o disposición
nal.
7. Aprovechamiento de residuos sólidos: Volver a
obtener un benecio del bien, artículo, elemento o parte del
mismo que constituye residuo sólido. Se reconoce como
técnica de aprovechamiento el reciclaje, recuperación o
reutilización.
8. Áreas de acondicionamiento: Espacio autorizado
donde se realizan actividades de acondicionamiento de
residuos sólidos aprovechables, como son: Segregación;
almacenamiento; limpieza; trituración o molido; compactación
física; empaque o embalaje; y; otras que establezca el
MINAM en coordinación con las autoridades competentes.
9. Infraestructuras de valorización: Son
infraestructuras de valorización aquellas en las que
se realiza la transformación química y/o biológica y/o
recuperación de componentes y/o materiales del residuo
sólido a n de obtener, de manera total o parcial, insumos,
materiales o recursos que se incorporan en las actividades
extractivas, productivas o de servicios. Pueden ser de
titularidad de una EO-RS o de una municipalidad.
10. Operadores de residuos sólidos: Son las
personas jurídicas que realizan operaciones y procesos
con residuos sólidos. Son considerados operadores las
municipalidades y las empresas autorizadas para tal n.
11. Responsabilidad socio ambiental: Actividad de
establecer un sistema de responsabilidad compartida y de
manejo integral de residuos sólidos, desde la generación
hasta su adecuada disposición nal, a n de evitar
situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud
humana y ambiente.
12. Economía circular: Es una estrategia moderna de
desarrollo sostenible que minimiza el uso de los recursos en
el proceso productivo y genera un nuevo valor de los residuos.
Artículo 4.- LINEAMIENTOS DE POLITICA
La valorización de los residuos sólidos busca
promover:
a. La economía circular como mejoradora del
desempeño de cadenas productivas y de consumo.
b. Fomentar una cultura de producción y consumo
responsable.
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 31/08/2023 22:46

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR