Barranco, 5 de diciembre de 2023
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en la Vigésimo Sesión Extraordinaria de la fecha;
VISTOS:
El Memorándum Nº 0291-2023-GAT-MDB emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 594-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1632-2023-GPPM-MDB emitido por la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Modernización; y el Memorándum Nº 968-2023-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú prescribe la potestad originaria tributaria de los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción, dentro de los límites que señala la ley.
Que, la norma IV del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que: “(…) Los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir, entre otros, sus arbitrios, o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley”, en concordancia con el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley...