Barranco, 30 de octubre de 2023
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha y;
VISTOS:
El memorándum Nº 1565 y 1592-2023-GFSC-MDB emitido por la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana; el memorándum múltiple Nº 0072-2023-GDE-MDB y el informe Nº 0068-2023-GDE-MDB emitidos por la Gerencia de Desarrollo Económico; el informe Nº 0308-2023-SGC-GDE-MDB emitido por la Subgerencia de Comercialización; el informe N° 0523-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; el memorándum Nº 0819-2023-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal; y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el artículo 36° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº...