Barranco, 30 de octubre de 2023
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha y;
VISTOS:
El informe N°466-2023-MDB-GDU/SGOPCC emitido por la Subgerencia de Obras Privada, Catastro y Control Urbano; el informe Nº 0136-2023-GDU-MDB emitido por la Gerencia Desarrollo Urbano; el memorándum Nº 0805 y 0818-2023-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal; el informe N° 0524-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local que autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el inciso 1) del numeral 1) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenando de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron...