Ordenanza N° 614/MM. Ordenanza que aprueba las disposiciones para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa
Fecha de publicación | 17 Agosto 2023 |
Sección | Sección Única |
57
NORMAS LEGALES
Jueves 17 de agosto de 2023
El Peruano
/
modicado y actualizado posteriormente mediante
Ordenanza N° 566/MM publicada el 01 de abril de 2021 en
el diario ocial El Peruano, y que a la fecha se encuentra
vigente;
Que, mediante el Informe N° 223-2023-GAJ/MM de
fecha 03 de agosto de 2023, la Gerencia de Asesoría
Jurídica señala que, de forma previa a la aprobación del
Manual de Clasicador de Cargos de la Municipalidad
Distrital de Miraores por parte del Gerente Municipal,
corresponde que el Concejo Municipal emita el acto
normativo pertinente que derogue las Ordenanza Nº 356/
MM y 566/MM, que aprobaron, modicaron y actualizaron,
respectivamente, el Clasicador de Cargos de la entidad,
normas que a la fecha se encuentran plenamente
vigentes;
Que, mediante el Memorándum Nº 1339-2023-
GM/MM de fecha 04 de agosto de 2023, la Gerencia
Municipal remite a la Subgerencia de Recursos Humanos
el Informe Nº 223-GAJ/MM para que, en su condición de
órgano técnico adopte las acciones pertinentes para la
prosecución del trámite respectivo, según lo recomendado
por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
Que, mediante el Informe Nº 816-2023-SGRH-GAF/
MM de fecha 04 de agosto de 2023, la Subgerencia de
Recursos Humanos señala que estando a la opinión
emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta
viable derogar la Ordenanza Nº 350/MM de fecha 20 de
mayo de 2011 y la Ordenanza Nº 566/MM de fecha 29
de marzo de 2021, con la nalidad de aprobar el Manual
de Clasicador de Cargos conforme a lo sustentado por
la Subgerencia de Recursos Humanos en el Informe Nº
732-2023-SGRH-GAF/MM, motivo por el cual adjunta el
proyecto de ordenanza respectivo;
Que, mediante el Informe N° 227-2023-GAJ/MM de
fecha 07 de agosto de 2023, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, reitera su opinión contenida en el Informe Nº
223-2023-GAJ/MM respecto al extremo a que previo a
la aprobación del Manual de Clasicador de Cargos de
la entidad elaborado por la Subgerencia de Recursos
Humanos y que cuenta con la opinión favorable de la
Subgerencia de Racionalización y Estadística, el Concejo
Municipal deberá emitir el acto normativo pertinente que
derogue las Ordenanzas Nº 356/MM y Nº 566/MM que
aprobaron, modicaron y actualizaron el Clasicador
de Cargos de la entidad y que a la fecha se encuentran
plenamente vigentes;
Que, mediante el Memorándum N° 1360-2023-
GM/MM de fecha 08 de agosto de 2023, la Gerencia
Municipal remite a la Secretaría General el Informe
N° 227-2023-GAJ/MM juntamente con los actuados
descritos, solicitando la prosecución del trámite
respectivo, conforme a lo recomendado por la Gerencia
de Asesoría Jurídica;
Estando al Dictamen N° 040-2023/MM de la Comisión
de Asuntos Jurídicos y demás actuados, en uso de las
facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y
el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades y modicatorias, el Concejo Municipal,
luego del debate correspondiente, por UNANIMIDAD, con
la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE DEROGA LA
ORDENANZA Nº 350/MM, ORDENANZA QUE
APRUEBA EL CLASIFICADOR DE CARGOS DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES
Y LA ORDENANZA Nº 566/MM, ORDENANZA QUE
APRUEBA LA MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
DEL REFERIDO CLASIFICADOR DE CARGOS
Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 350/
MM, Ordenanza que aprueba el Clasicador de Cargos
de la Municipalidad de Miraores, de fecha 26 de mayo
de 2011, y la Ordenanza Nº 566/MM, Ordenanza que
aprueba la modicación y actualización del Clasicador
de Cargos de la Municipalidad Distrital de Miraores, de
fecha 29 de marzo de 2021.
Artículo Segundo.- DISPONER que lo establecido
en el artículo primero de la presente ordenanza, entrará
en vigencia en la fecha de aprobación del nuevo Manual
de Clasicador de Cargos de la Municipalidad Distrital
de Miraores por parte del titular de la entidad, conforme
a lo señalado en el numeral 6.1.7. de la Directiva N°
006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual de
Clasicador de Cargos y del Cuadro para Asignación de
Personal Provisional”, aprobada mediante Resolución de
Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, en
concordancia con lo dispuesto en el literal j) del artículo
IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley
N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto
Supremo N° 040-2014-PCM.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación del texto de la presente Ordenanza
en el diario ocial El Peruano y a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del
presente dispositivo legal en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Miraores (www.miraores.gob.
pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS CANALES ANCHORENA
Alcalde
2205463-1
Ordenanza que aprueba las disposiciones
para declarar y extinguir deuda tributaria y
no tributaria en estado coactivo de cobranza
dudosa y de recuperación onerosa
ORDENANZA N° 614/MM
Miraores, 14 de agosto de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE MIRAFLORES;
VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
14 de agosto de 2023, el Dictamen N° 043-2023/MM de
fecha 14 de agosto de 2023, emitido por la Comisión de
Asuntos Jurídicos; el Informe N° 149-2023-SGR-GAT/MM
de fecha 12 de junio de 2023, emitido por la Subgerencia
de Recaudación; el Informe N° 127-2023-GAT/MM de
fecha 03 de agosto de 2023, emitido por la Administración
Tributaria; el Memorándum N° 1343-2023-GM/MM de
fecha 04 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia
Municipal; el Memorándum N° 211-2023-GAJ/MM de
fecha 07 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia de
Asesoría Jurídica; el Informe N° 167-2023-SGR-GAT/MM
de fecha 10 de agosto de 2023, emitido por la Subgerencia
de Recaudación; el Memorándum N° 438-2023-GAT/MM
de fecha 11 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia
de Administración Tributaria; el Informe N° 237-2023-
GAJ/MM de fecha 11 de agosto de 2023, emitido por la
Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 1403-
2023-GM/MM de fecha 11 de agosto de 2023, emitido por
la Gerencia Municipal; el Proveído N° 054-2023-SG/MM
de fecha 11 de agosto de 2023, emitido por la Secretaría
General, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú y modicatorias, en concordancia con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que las municipalidades
son órganos de gobierno local que gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia y que dicha autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente;
Que, el numeral 5 del artículo 27° del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo N° 133-2013-EF y sus modicatorias, prescribe
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 17/08/2023 00:46
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