Barranco, 19 de octubre de 2023.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO:
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,
VISTO:
El informe Nº 0061-2023-GPVBS-MDB emitido por la Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social; el informe N° 0488-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el memorándum Nº 0766-2023-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, establece que: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.”; asimismo, el artículo 2º del precitado cuerpo normativo regula que: “Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar.”;
Que, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha formulado la Observación General 8 (2016), acerca del derecho del niño, a la protección contra el castigo corporal y otras formas de castigo crueles o degradantes, y señala las obligaciones de los Estados partes y responsabilidades de la familia y otros agentes de asumir su responsabilidades para con los niños a nivel no solo nacional, sino también provincial...