Ordenanza N° 605/MM. Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización, Funciones y Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Miraflores
Fecha de publicación | 14 Junio 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Miraflores, 9 de junio de 2023
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE MIRAFLORES;
VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de junio de 2023, el Dictamen N° 023-2023/MM de fecha 31 de mayo de 2023, emitido conjuntamente por las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Participación Vecinal; el Memorándum N° 111-2023-GPV/MM de fecha 18 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 147-2023-GAJ/MM de fecha 23 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 927-2023-GM/MM de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, el Proveído N° 030-2023-SG/MM de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, toda vez que conforme lo dispone el artículo 39° de dicho cuerpo normativo, los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;
Que, el artículo 106° de la Ley N° 27972, define a la junta de delegados vecinales comunales como el órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia y que están organizadas, principalmente, como juntas vecinales; en esa misma línea normativa, el artículo 111° de la referida norma señala que, los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia, precisándose en el artículo 112° del mismo cuerpo normativo, que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de...
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE MIRAFLORES;
VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de junio de 2023, el Dictamen N° 023-2023/MM de fecha 31 de mayo de 2023, emitido conjuntamente por las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Participación Vecinal; el Memorándum N° 111-2023-GPV/MM de fecha 18 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 147-2023-GAJ/MM de fecha 23 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 927-2023-GM/MM de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, el Proveído N° 030-2023-SG/MM de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, toda vez que conforme lo dispone el artículo 39° de dicho cuerpo normativo, los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;
Que, el artículo 106° de la Ley N° 27972, define a la junta de delegados vecinales comunales como el órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia y que están organizadas, principalmente, como juntas vecinales; en esa misma línea normativa, el artículo 111° de la referida norma señala que, los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia, precisándose en el artículo 112° del mismo cuerpo normativo, que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de...
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