Ordenanza Nº 592-MDA. Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate 2023

Fecha de publicación31 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Ate, 19 de diciembre del 2022

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Diciembre del 2022, visto el Dictamen N° 001-2022-MDA/CSCF de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Fiscalización; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana N° 27933 tiene por objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC);

Que, conforme al artículo 13° del citado dispositivo legal, los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC;

Que, el artículo 28° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, establece que es función del CODISEC proponer ante la Municipalidad Distrital, la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC), alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión de resultados intercultural y distrital, articulado con los instrumentos del SINAPLAN;

Que, el artículo 47°, del mencionado reglamento establece en su primer párrafo que las Secretarías Técnicas de los Comités, son los responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana ante los respectivos...

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