Ordenanza Nº 592-2023-MDB. Aprueban el Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Breña

Fecha de publicación14 Octubre 2023
SecciónSección Única
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 592-2023-MDB
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL NUEVO REGLAMENTO DE
APLICACIÓN DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS (RASA), EL
CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES
Y SANCIONES (CUIS) DE LA
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BREÑA
Sábado 14 de octubre de 2023
NORMAS LEGALES
FUNDADO EL 22 DE OCTU BRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SI MÓN BOLÍVAR
“AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO”
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 14/10/2023 01:01
2NORMAS LEGALES Sábado 14 de octubre de 2023
El Peruano
/
ORDENANZA MUNICIPAL N° 592-2023-MDB
Breña, 28 de agosto de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA;
POR CUANTO;
El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha, y;
VISTOS:
El Memorándum N°812-2023-MDB/GM de Gerencia Municipal, el Informe N° 222-2023- SGFA/GSC/MDB de
la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el Informe N°246-2023-OPP/MDB de la Of‌i cina de Planeamiento y
Presupuesto, el Informe N°532-2023-OAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Dictamen N°006-2023-CEPP-
MDB de la Comisión de Economía, Presupuesto y Planif‌i cación, sobre el proyecto de ORDENANZA QUE APRUEBA EL
NUEVO REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) Y EL CUADRO ÚNICO DE
INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N°
30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La
autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales
ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; concordante con el artículo
40º del mismo cuerpo normativo que señala que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene
competencia normativa;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la citada Ley, señala que los gobiernos locales representan al vecindario,
promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su
circunscripción;
Que, de otro lado, el artículo 79° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Ordenanza
N° 0566-2021-MDB, señala que la Subgerencia de Fiscalización Administrativa tiene la función de efectuar
acciones para fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas y/o normas
municipales vigentes, así como detectar e imponer sanciones por las infracciones cometidas por particulares,
empresas e instituciones en el ámbito de la jurisdicción de la municipalidad dentro del marco de la Ley
General, aprobado por el Decreto Supremo N°004-2019-JUS, y la Ordenanza N°493-2017-MDB, que aprueba el
Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones
(CUIS);
Que, mediante Ordenanza Nº 493-2017-MDB, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 07 de setiembre
de 2017, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de
Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Breña; tiene por objeto establecer las disposiciones
normativas y condiciones generales que sustenten el Procedimiento Administrativo Sancionador garantizando al
ciudadano la correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las normas administrativas municipales
o de leyes, que tipifiquen infracciones cuya sanción se encuentre reservado a los gobiernos locales, siendo su
finalidad la de crear una actitud cívica orientada al respeto y cumplimiento de las disposiciones municipales por
parte de particulares, empresas e instituciones para la convivencia pacífica en comunidad y propicien el desarrollo
integral y armónico del Distrito de Breña, conforme a las atribuciones que en materia de fiscalización compete a
los Gobiernos Locales;
Que, mediante Memorándum N°812-2023-MDB/GM, Gerencia Municipal remite todos los actuados donde se opina
sobre la viabilidad de la Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas
(RASA), Cuadro único de Infracciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Breña;
Que, mediante Informe N°222-2023- SGFA/GSC/MDB de fecha 27 de julio de 2023, la Subgerencia de Fiscalización
Administrativa pone en conocimiento de la Gerencia de Seguridad Ciudadana la propuesta del Nuevo Reglamento de
Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad
Distrital de Breña, señalando la adecuación de la citada ordenanza municipal a lo establecido en el Reglamento de
Organización y Funciones, y las modif‌i caciones y def‌i niciones establecidas en la misma normativa; así como incorporar,
derogar y/o modif‌i car infracciones administrativas de acuerdo a las normas vigentes de alcance nacional y de aquellas
normas sanitarias actualmente vigentes debido a la coyuntura sanitaria nacional;
Que, la Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N°246-2023-OPP/MDB de fecha 01 de agosto de
2023, pone en conocimiento el proyecto de ordenanza a la Gerencia de Asesoría Jurídica a f‌i n que de acuerdo a sus
funciones emita la opinión legal correspondiente, quien mediante Informe N°532-2023-OAJ/MDB, emite opinión favorable
respecto a la propuesta de ordenanza que aprueba Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas
(RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Breña;
Que, mediante Dictamen N°006-2023-CEPP/MDB, la Comisión Ordinaria de Economía, Presupuesto y Planif‌i cación
del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Breña, aprueba por UNANIMIDAD elevar al Pleno del Concejo
el Proyecto de Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el
Cuadro único de Infracciones (CUIS);
Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, numeral 8) y 40° de la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del
Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
3
NORMAS LEGALES
Sábado 14 de octubre de 2023
El Peruano
/
ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES
ADMINISTRATIVAS (RASA), EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS)
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°.- OBJETIVO Y FINALIDAD
El presente Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), tiene por objetivo establecer las disposiciones
normativas y condiciones generales que sustenten el Procedimiento Administrativo Sancionador garantizando al ciudadano la
correcta aplicación de sanciones ante el incumplimiento de las normas administrativas municipales o de leyes, que tipif‌i quen
infracciones cuya sanción se encuentre reservado a los gobiernos locales, siendo su f‌i nalidad la de crear una actitud cívica
orientada al respeto y cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de particulares, empresas e instituciones para
la convivencia pacíf‌i ca en comunidad y propicien el desarrollo integral y armónico del Distrito de Breña.
Mediante el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Breña, se establecen
las conductas que son consideradas infracciones administrativas dentro del Distrito, la gradualidad, la sanción, las
medidas provisionales y correctivas.
Artículo 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
El ámbito de aplicación del presente reglamento se circunscribe a la jurisdicción del Distrito de Breña, en todo
aspecto concerniente a las competencias, atribuciones y funciones de la Municipalidad; sus alcances comprenden a las
personas naturales, personas jurídicas o entes colectivos, sean nacionales o extranjeros, de derecho privado y/o público,
incluyendo las empresas del Estado, Organismos Regionales, Municipales, las instituciones públicas, y en general todos
aquellos sujetos que se encuentren obligados a cumplir determinadas conductas o abstenerse de realizarlas dentro del
ámbito del Distrito de Breña.
La actividad f‌i scalizadora y sancionadora se rige por los principios establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley
de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444.
Artículo 3º.- PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
La potestad sancionadora de la Municipalidad Distrital de Breña se encuentra reconocida por la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley N° 27972. La potestad sancionadora implica la tipif‌i cación de las conductas constitutivas de infracción,
la f‌i scalización, la instauración del proceso administrativo sancionador y eventualmente la aplicación de sanciones ante el
incumplimiento de las disposiciones municipales, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades
civiles y penales a que hubiere lugar. El Procedimiento Administrativo Sancionador Municipal se rige por los principios
de legalidad, debido procedimiento, razonabilidad, tipicidad, irretroactividad, continuación de Infracciones, concurso de
infracciones, causalidad, presunción de licitud, non bis in ídem y principios generales del procedimiento administrativo
consagrados en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 4°.- ÓRGANOS COMPETENTES
Para la aplicación de la presente Ordenanza, el Órgano competente a quien también se le denominará Órgano de
Fiscalización de la Municipalidad Distrital de Breña, es el siguiente:
a) Primera instancia:
- Inspector Municipal.- Es el personal dependiente de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, que se
encarga de constatar los hechos contrarios al ordenamiento jurídico municipal y/o normas de alcance nacional, que
conf‌i guren una posible infracción, procediendo a realizar las actuaciones previas que correspondan conforme a los
previsto en la presente Ordenanza, está facultado para emitir actas, informes, notif‌i caciones de cargo para el inicio del
Procedimiento Administrativo Sancionador y se encarga de ejecutar las medidas provisionales cuando corresponda,
según lo establecido en la normativa vigente.
- Coordinador de la Etapa Instructiva (Coordinador Instructor) .- Depende de la Subgerencia de Fiscalización
Administrativa y es el encargado de evaluar los hechos que conf‌i guran la presunta infracción administrativa que dio inicio
al Procedimiento Administrativo Sancionador con la Notif‌i cación de Cargo emitida y suscrita por el inspector municipal.
Se encargará de detectar las posibles infracciones tipif‌i cadas en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS),
así como de recabar las pruebas necesarias que acrediten la comisión de la infracción, y determinar si existe o no la
responsabilidad para la imposición de la sanción, debiendo remitir el informe f‌i nal de instrucción a la autoridad resolutiva,
recomendando de manera motivada las conductas que se consideren probadas, constitutivas de infracción, la norma que
prevé la imposición de sanción y la sanción propuesta o la declaración de no existencia de infracción.
-Subgerencia de Fiscalización Administrativa.- Es el órgano de línea que depende de la Gerencia de Seguridad
Ciudadana, encargado de conducir la etapa resolutiva del procedimiento sancionador ante infracciones tipif‌i cadas en el
Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), emite la resolución de sanción, y dicta las medidas correctivas que
sean pertinentes de acuerdo a la evaluación de cada caso en concreto. Además, resuelve los recursos de reconsideración
interpuestas contra las resoluciones de sanción que emita la subgerencia.
b) Segunda Instancia: La Gerencia de Seguridad Ciudadana es el órgano de línea encargado de resolver en
segunda y última instancia el recurso de apelación y/o los pedidos de nulidad interpuesto contra la resolución de sanción
emitida por la Subgerencia de Fiscalización Administrativa.
c) Cobranza Coactiva: La Subgerencia de Ejecutoría Coactiva es el órgano encargado de ejecutar las resoluciones
de sanción emitidas a través del procedimiento sancionador y que hayan causado estado, procediendo a realizar la
cobranza respectiva conforme a Ley.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR