Ordenanza Nº 574-MDASA. Modifican la Ordenanza Municipal N° 411-MDASA que previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos ejercido en contra de las personas que se encuentren o transiten en el distrito de Alto Selva Alegre

Fecha de publicación03 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Alto Selva Alegre, 30 de marzo del 2023

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre, en Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 29 de marzo del 2023,

VISTOS:

El Oficio N° 034-2023-MIMP/AURORA/CEM Alto Selva Alegre/PRO, el Informe N° 051-2023-SG/MDASA de Secretaria General, el Informe 021 y 041-2023-SGGV-GDPS/MDASA de la Gerencia de Desarrollo y Promoción Social, el Informe N° 082-2023-SG/MDASA de Secretaria General, el Informe Legal N° 109-2023-GAJ-MDASA de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído N° 387-2023-GM/MDASA de Gerencia Municipal;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y alcalde, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, consagra “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”.

Que el Artículo 1°, en su numeral 1.2.1 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Procedimiento Administrativo General, establece que: “Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan” (Texto según el Artículo 1° de la Ley Nº 27444); asimismo este mismo cuerpo normativo, en el Artículo 72°, en su numeral 72.2 señala “Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia”. (Texto según el Artículo 61° de la Ley Nº 27444) y Artículo 73° numeral 73.3 donde “Cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos” (Texto según el Artículo 62° de la Ley Nº 27444).

Que, el Articulo VIII.- Aplicación de Leyes Generales y Políticas y Planes Nacionales del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala ‘Los gobiernos /ocales están sujetos a las leyes y...

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