Ordenanza N° 568-MDASA. Ordenanza que aprueba prórroga de la presentación de la Declaración Jurada y Pago al Contado del Impuesto Predial del año 2023, hasta el día 31 de marzo del año 2023

Fecha de publicación12 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Alto Selva Alegre, 16 de febrero del 2023.

EL ALCALDE DE ALTO SELVA ALEGRE

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Alto Selva Alegre,

VISTOS:

El Informe N° 014-2023-GDYPS/MDASA de la Gerencia de Desarrollo y Promoción Social, el Proveído N° 119-2023-GM/MDASA de Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 073-2023-GAJ-MDASA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 192-2023-GM/MDASA de Gerencia Municipal, Informe N° 031-2023-GDYPS/MDASA de la Gerencia de Desarrollo y Promoción Social, el Proveído N° 199-2023-GM/MDASA de Gerencia Municipal;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú modificada por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.

Que, el Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, señala “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo.

“Son competentes para: (…) 3. Administrar sus bienes y rentas. 4. Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley. (…)”.

Que, el numeral 8 del Artículo de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, señala que le corresponde al Concejo Municipal: 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. (…)”.

Que, el Artículo 39° de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades señala, “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos (…)”.

Que, conforme lo establece el Artículo 40° de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.”.

Que, de conformidad al Artículo 41° de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, se precisa que “Los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a los asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.”

Que, según las disposiciones contenidas en el T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal aprobado...

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