Ordenanza Nº 547/MDSR. Autorizan la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2023 a realizarse en el frontis del Palacio Municipal del distrito de Santa Rosa

Fecha de publicación11 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Santa Rosa, 26 de abril del 2023

VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum N° 241-2023-MDSR-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 039-2023-MDSR/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 062-2023-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe N° 017-2023-MDSR-SG de la Secretaría General;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los gobiernos locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala las atribuciones del Alcalde, estableciéndose en el numeral 16) que el Alcalde celebra matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil;

Que, el Código Civil en su artículo 233° establece que la regularización jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú; a su vez el artículo 234° establece que el matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del señalado Código, a fin de hacer vida en común;

Que, el numeral 9) del artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que es atribución del Concejo Municipal “crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley”, asimismo el artículo 40° del indicado cuerpo legal establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;

Que, mediante Informe N° 017-2023-MDSR-SG la Secretaría General señala que actualmente existen en el distrito de Santa Rosa, Lima, numerosas parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su estado civil, en ese sentido alcanza la propuesta de Ordenanza que Autoriza la Realización del Matrimonio Civil Comunitario 2023 y Reduce...

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