Punta Hermosa, 8 de noviembre de 2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA
HERMOSA
VISTO:
En Sesión de Ordinaria de Concejo de la fecha, Informe N° 186-2023-MDPH/GDUCT/SGDEyT de fecha 11 de Octubre del 2023, Informe N° 251-2023-GDUCT-MDPH de fecha 13 de octubre del 2023 e Informe N° 192-2023-OAJ-MDPH de fecha 07 de Noviembre del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Económico y Turismo, Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y Oficina de Asesoría Jurídica, respectivamente, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el numeral 3) del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y...