Ordenanza N° 497-2023-MDCH. Ordenanza que establece incentivos y flexibilidades para la regularización y pago de las obligaciones tributarias y no tributarias en la Municipalidad Distrital de Chaclacayo

Fecha de publicación22 Octubre 2023
SecciónSección Única
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para la ejecución del Proyecto “Gestión Social y Diálogo Multiactor”

Chaclacayo, 17 de octubre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO


POR CUANTO:


El Concejo Municipal de Chaclacayo, en Sesión Ordinaria de Consejo de la fecha,


VISTOS: El Informe Conjunto Nº 017-2023-SGREC-SGFT-GAT-MDCH de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y, el Subgerente de Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 051-2023-GAT-MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Legal Nº 169-2023-GAJ-MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 164-2023-GM-MDCH de la Gerencia Municipal; y,


CONSIDERANDO:


Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, señala que “Las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, ejerciendo dicha atribución dentro de su territorio”, a su vez el numeral 4) del artículo 200 prescribe que, corresponde al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley;


Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;


Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar el pago de ellos, dentro del territorio de su competencia y con los límites que señala la ley;


Que, mediante Ordenanza N° 454-2020-MDCH, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo;


Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2023-PCM, que declara el Estado de Emergencia en diferentes distritos algunas provincias de los departamentos de Áncash, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, publicado con fecha 03 de marzo de 2023 en el Diario Oficial “El Peruano”;


Que, mediante Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, se declara el Estado de Emergencia en diversos distritos de las provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica...

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