EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.º 27867, y sus modificatorias, en décima sesión extraordinaria, de fecha trece de setiembre del año dos mil veintitrés, ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
Dictamen N° 0004-2023-CPPAT-CR-G.R. PASCO, emitida por la comisión ordinaria de planeamiento, organización, presupuesto y acondicionamiento territorial, e Informe Legal N° 0687-2023-GRP-GGR-GRR/DRAJ;
MARCO LEGAL:
1. Constitución Política del Perú
2. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-Ley N° 27867
3. Ley de Bases de la Descentralización de la Participación ciudadana-Ley N° 27783
4. Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444
5. Reglamento Interno del Consejo Regional de Gobierno Regional de Pasco.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional, tiene las atribuciones de normar, la organización del Gobierno Regional, a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la...