Carabayllo, 23 de febrero de 2024
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica; el Informe N° 289-2023-SGCPM/GAF/MDC, de la Subgerencia de Control Patrimonial y Maestranza; el Informe N° 1537-2023-GAF/MDC, de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N° 545-2023-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 091-2024-GM/MDC, de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 01-2024-CEPP/MDC, de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto; referidos a la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Altas, Bajas, Disposición y Adquisición de los Bienes Muebles de la Municipalidad Distrital de Carabayllo.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú preceptúa que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal el aprobar, modificar o...